BOLETÍN OFICIAL Nº 93 – 14/08/17
La Dra. Alejandra M. L. Caballero, Vocal de la Sala tercera de la Cámara Civil y Comercial de la Provincia de Jujuy y Presidente de trámite en el Expte. Nº C-018975/2014. Caratulado: “Prescripción Adquisitiva de Inmuebles en Expte. Principal B-265584/2011. Rojas Antonino c/ Zabala Enrique Alberto, notifica a los interesados que se consideren con derecho sobre los inmuebles a usacapir, Ubicados sobre Avda. La Bandera, Bº Progreso de Ciudad Perico, Departamento El Carmen Provincia de Jujuy, individualizados como Matricula B-9757 Padrón B-7102 Manzana 26B lote 4 y Matricula B-9758 Padrón 7103 Mza. 26B Lote 5, la siguiente providencia: “San Salvador de Jujuy,17 de febrero del 2016. 1. Proveyendo la presentación de la Dra. FLAVIA V. CASTRO de fs. 102 y atento lo informado por Secretaría, hágase efectivo el apercibimiento dispuesto a fs. 47 y fs. 91, teniéndose por vencidos los plazos para intervenir en los presentes autos al Sr. Julio Arratia y a La Liga de Veteranos (colindantes) y a la Municipalidd De Perico (tercero) en razón de sus incomparencias. 2. Atento el estado de la causa, de la demanda instaurada a fs. 22/24 y vlta. confiérese TRASLADO a los accionados, Sres. María Josefina Moyano de Zorraquin, Federico Augusto Walker, María Florencia Walker de Schoo Lastra y Celina Viton de Huergo, herederos del Sr. Enrique Alberto Zabala, titular registral de los inmuebles individualizados como Matricula B-9757 y Matrícula B-9758, ubicados en el Barrio El Progreso, Ciudad Perico, Departamento El Carmen, Provincia de Jujuy, en la forma y por el plazo legal de quince (15) días con más la ampliación legal de diecinueve (19) días en razón de la distancia y bajo apercibimiento de lo dispuesto por el art. 298 del C.P.C. 3. Córrase traslado de la demanda a quienes se consideren con derecho sobre el inmueble a usucapir mediante edictos, para que la contesten dentro del plazo de quince (15) días hábiles, bajo apercibimiento de darles por decaído el derecho a hacerlo si así no lo hicieren (Art. 298 del C.P.C., Art. 531º del C.P.C. – Conf. modificación Ley 5486). A tales fines, líbrese edictos que se publicarán por tres veces, dentro de un período de cinco días, en el Boletín Oficial y un diario local del lugar del inmueble a usucapir. Ordénase, asimismo, la exhibición de los edictos en el local del Juzgado de Paz de Ciudad Perico –Departamento El Carmen, Provincia de Jujuy y en la Municipalidad de la misma localidad. Trasmitir mediante radiodifusión local durante treinta (30) días, debiendo acreditarse con la certificación respectiva (conf. Art. 535º del C.P.C.– modif. Ley 5486). Intímaselos en igual término para que constituyan domicilio legal dentro del radio asiento de este Tribunal, bajo apercibimiento de notificarles en lo sucesivo por Ministerio de ley. 4. Notifíquese (art. 155/6 del C. P. C.). Fdo. Dra. ALEJANDRA M.L. CABALLERO- Pte. de trámite, ante mí Dra. Liliana E. Chorolque- Secretaria”.-Publíquense edictos en el Boletín Oficial y un Diario local por tres veces en cinco días, haciéndose saber que se tendrá por notificado desde la última publicación de los mismos (art. 162 del C.P.C.)- San Salvador de Jujuy, 24 de mayo de 2017.-
09/11/14 AGO. LIQ. Nº 11363 $360,00.-