LEY N° 5683
LA LEGISLATURA DE JUJUY SANCIONA CON FUERZA DE
LEY N° 5683
ARTICULO 1.- Apruébase en todas sus partes el Convenio Único de Colaboración suscripto en fecha 10 de Junio de 2009, entre la Subsecretaria de Recursos Hídricos dependiente de la Secretaria de Obras Públicas del Ministerio de Planificación Federal, Inversión Pública y Servicios de la Nación y la Provincia de Jujuy, para el financiamiento de la obra denominada: Puente Bóveda sobre Río Las Burras, Ruta 75, Barrancas Adbón Castro Tolay, Dpto. Cochinoca.-
ARTICULO 2.– Comuníquese al Poder Ejecutivo Provincial
SALA DE SESIONES, SAN SALVADOR DE JUJUY, 15 Septiembre de 2011.-
Dr. Carlos Fernando Aprile
Secretario Parlamentario
Pedro A. Segura López
Presidente
Legislatura de Jujuy
PODER EJECUTIVO DE LA PROVINCIA DE JUJUY
EXPTE. Nº 200-488/2011.-
CORRESP. A LEY Nº 5683.-
SAN SALVADOR DE JUJUY, 03 OCT. 2.011.-
Téngase por LEY de la Provincia, cúmplase, comuníquese, publíquese íntegramente, dése al Registro y Boletín Oficial, tome razón Fiscalía de Estado, pase al Tribunal de Cuentas, Contaduría de la Provincia, Ministerio de Infraestructura y Planificación y Secretaria General de la Gobernación para su conocimiento; y oportunamente, ARCHIVESE.-
DR. WALTER B. BARRIONUEVO
GOBERNADOR
Sancionada 15/09/2011
Publicado en BO Nº 116 de fecha 14/10/2011