BOLETÍN OFICIAL Nº 72 – 04/07/12
EXPTE. N° 500-475/2011.-
SAN SALVADOR DE JUJUY, 19 AGO. 2011.-
EL GOBERNADOR DE LA PROVINCIA
EN ACUERDO GENERAL DE MINISTROS
DECRETA:
ARTÍCULO 1º.- Fijase a partir del 1º de agosto de 2011 el monto del jornal diario para los trabajadores jornalizados conforme se indica en el Anexo que integra el presente.-
Dr. WALTER B. BARRIONUEVO
Gobernador