BOLETÍN OFICIAL Nº 129 – 16/11/16

Dra. Marisa E. Rondon, Juez de Primera Instancia en lo Civil y Comercial N° 3 -Secretaría N° 5, de la Provincia de Jujuy, en el Expte. N° C-062234/16 caratulado:” Ejecutivo Vea Murguia Verde, María Guadalupe c/ Ovejero Aldo Daniel, hace saber al Sr. Ovejero Aldo Daniel la siguiente resolución que a continuación se trascribe: San Salvador de Jujuy, 07 de Abril de 2016 1- Proveyendo el escrito de fs. 07/08 téngase por presentada la Dra. María Guadalupe Vea Murguia Verde por sus propios derechos, constituido domicilio legal para actuar.- 2- De conformidad con lo dispuesto por los Arts. 472 inc 4, 478 del C.P.C, líbrese Mandamiento de pago, ejecucion y embargo en contra del Sr. Aldo Daniel Ovejero, en el domicilio denunciado, por la suma de PESOS: ($3.900.-) en concepto de Capital reclamado, con mas la suma de PESOS: ($1.950), calculada para responder a accesorias legales y costas del presente juicio. En defecto de pago, trábese embargo sobre los bienes de su propiedad, hasta cubrir ambas cantidades, debiéndose designar depositario judicial de los mismos, a la propia parte afectada y en caso de negativa a persona de responsabilidad y arraigo con las prevenciones y formalidades de ley. En el mismo acto, requiérasele la manifestación sobre si los bienes embargados registran prendas o algún gravamen y en su caso  exprese  monto, nombre y domicilio de o los acreedores prendarios o Juez embargante. Cítaselo de remate a la parte demandada para que oponga excepciones legítimas si las tuviere, dentro del plazo de cinco dias, bajo apercibimiento de mandar llevar adelante la ejecución. Córrasele traslado del pedido de intereses y costas con las copias respectivas y por el mismo termino antes indicado, bajo apercibimiento de los que por derecho hubiere lugar. Asimismo y también por el mismo plazo antes señalado, se intimara al demandado para que constituya domicilio legal dentro del radio de tres kilómetros del asiento del Juzgado, bajo apercibimiento de notificarle en lo sucesivo por ministerio de ley (art. 52 del C.P.C).- Notificaciones en secretaria: martes y jueves o al siguiente día hábil si alguno de ellos fuere feriado. A tal fin líbrese mandamiento con las facultades inherentes del caso.- Notifíquese art. 154 del C.P.C.- Fdo. Dra. Marisa E. Rondon -Juez -Ante Mi Secretaria María Laura López Pfister.-Notifíquese a la demandada por edictos que se publicaran en un diario local y en el Boletín Oficial por el término de tres veces en cinco días. Publíquese en el Boletín Oficial y en un diario local por tres veces en cinco días.- Secretaria: Dra. María Laura López Pfister.- San Salvador de Jujuy, 03 de Noviembre de 2016.-

 

11/14/16 NOV. LIQ. Nº 124422 $270,00.-