BOLETÍN OFICIAL Nº 91 – 09/08/17

Contrato de Venta y Transferencia de Parte de Interés de la Sociedad Comandita Simple Farmacia CUMBRE SCS de Roberto Canevari a favor de LILIANA ROSA GALO.- En la Ciudad de Monterrico, Departamento El Carmen, Provincia de Jujuy,  comparecen en este acto la Sra. Liliana Rosa Galo mayor de edad, DNI Nº 16.364.610, CUIL Nº 27-16364610-8, casada en primeras nupcias con Roberto Canevari, Miguel Ángel Galo mayor de edad, DNI Nº 13.019.153  CUIL N° 20-13019153-9, argentino, de estado civil casado en primeras nupcias con Francisca Serna, de Profesión Médico Cirujano domiciliado en calle 23 de Agosto Nº 97 de la Ciudad de Monterrico, Roberto Canevari, mayor de edad, DNI Nº 16.744.543 CUIL N° 20-16744543-9, argentino, de estado civil casado en primeras nupcias con Liliana Rosa Galo, de profesión comerciante, Contador Público Nacional, con domicilio en calle 23 de Agosto Nº 22 de la Ciudad de Monterrico, y la Sra. Paula Anabela Rivero mayor de edad, DNI Nº 29.790.752, CUIL Nº 27-29790752-8 argentina, de estado civil soltera, de profesión Farmacéutica, M.P. Nº 431 domiciliada en Pasaje Casanova Nº 1347, Bº Bajo La Viña, de la ciudad de San Salvador de Jujuy, dicen que vienen a formalizar el presente Contrato De Venta Y  Transferencia De Parte De Interés De La Sociedad Comandita Simple Farmacia Cumbre SCS de acuerdo a las siguientes Cláusulas: Primera: La señora Paula Anabela Rivero, Roberto Canevari, y Miguel Ángel Galo constituyeron el 28 de marzo de 2014 mediante Contrato Privado de Transferencia de Cuotas Sociales, certificadas las firmas en igual fecha por ante la escribana Claudia González, Titular del Registro Nº 70, con asiento en la Ciudad de Monterrico, la Sociedad en Comandita Simple denominada “FARMACIA CUMBRE S.C.S.” con domicilio social en calle 23 de Agosto Nº 22 de la ciudad de Monterrico de ésta Provincia, cuyo Capital asciende a la suma de PESOS ONCE MIL ($11.000.-) y fue totalmente suscripto e integrado por los nombrados socios.- Segunda El señor Roberto Canevari por este acto CEDE Y TRANSFIERE A TÍTULO DE VENTA a favor de la Sra. Liliana Rosa Galo la parte de interés de Capital Comanditario por el valor nominal PESOS cinco mil cuatrocientos ($5.400,00) que le corresponde, sirviendo el presente de suficiente recibo de pago.- Tercera: La señora Liliana Rosa Galo en su carácter de adquiriente, acepta esta cesión agregando que declara conocer y aceptar la documentación social de la que surge la exacta situación económica financiera-patrimonial de la sociedad a la fecha del presente contrato, como así también el contrato social y sus modificatorias, cuyos textos ratifica expresamente.- Cuarta: Todos los firmantes integrantes de la Sociedad Farmacia Cumbre SRL prestan su total consentimiento y conformidad a la presente venta y trasferencia.- Quinta: De común acuerdo las partes autorizan en forma expresa a la Dra. Amalia Beatriz Pigino, para efectuar las gestiones tendientes a inscribir el presente contrato de cesión en el Registro Público de la ciudad de San Salvador de Jujuy, con renuncia a todo otro fuero o jurisdicción que les pudiera corresponder.- Para constancia y de conformidad se firman 4 ejemplares de un mismo tenor y a un solo efecto, en la ciudad de Monterrico, Provincia de Jujuy, a los 31 de Marzo de Dos mil diecisiete.-

 

Ordénese la publicación en el Boletín Oficial por un día de conformidad al Art. 10 de la Ley 19550.-

San Salvador de Jujuy, 07 de Agosto de 2017.-

MARTA ISABEL CORTE

P/HABILITACION AL JUZGADO DE COMERCIO

 

09 AGO. LIQ. Nº 11387 $ 175,00.-