BOLETÍN OFICIAL Nº 75 – 13/07/12

Icon_PDF_6LEGISLATURA DE JUJUY

“2012 -AÑO DEL BICENTENARIO DEL ÉXODO JUJEÑO”

LA LEGISLATURA DE JUJUY SANCIONA CON FUERZA DE

LEY N° 5706

ARTICULO 1.- Apruébase el Convenio celebrado entre la Secretaria de Ambiente y Desarrollo Sustentable de la Jefatura de Gabinete de Ministros de la Nación y la Provincia de Jujuy, por el cual se establecen pautas para la realización del Proyecto “Estrategia de Manejo Forestal Sustentable de la Provincia de Jujuy”, en el marco del Programa Experimental de Manejo y Conservación de los Bosque Nativos 2009.-

ARTICULO 2.-  Comuníquese al Poder Ejecutivo Provincial

SALA DE SESIONES, SAN SALVADOR DE JUJUY, 21 de Junio de 2012.-

 

Dr. Jorge Oscar Rodríguez

Secretario Parlamentario

 

Guillermo Raúl Jenefes

Presidente

Legislatura de Jujuy

 

PODER EJECUTIVO DE LA PROVINCIA DE JUJUY

EXPTE. Nº 200-240/2012.-

CORRESP. A LEY Nº 5706.-

SAN SALVADOR DE JUJUY, 10 JUL. 2012.-

Téngase por LEY de la Provincia, cúmplase, comuníquese,  publíquese íntegramente, dése al Registro y Boletín Oficial, tome razón Fiscalía de Estado, pase al Tribunal  de Cuentas, Contaduría de la Provincia, Jefatura de Gabinete de Ministros; Secretaria de Gestión Ambiental, Secretaria General de la Gobernación para su conocimiento; y oportunamente, ARCHIVESE.-

 

  1. EDUARDO ALFREDO FELLNER

Gobernador