LEY Nº 5624

LA LEGISLATURA DE JUJUY SANCIONA CON FUERZA DE

LEY Nº 5624

ARTICULO 1º.– Exceptúase de los requisitos exigidos por los Artículo 33, 36, 40, 6, 47 y cc. de la Ley de Fraccionamiento Nº 2903/72 la aprobación del Plano de Mensura y Loteo efectuado sobre el inmueble individualizado catastralmente como Circunscripción 1, Sección 7, Parcela 1144, Padrón N- 4492, ubicado en La Quiaca, Dpto. Yavi, según dominio inscripto en Matricula N- 357,conforme los limites, medidas y demás circunstancias existentes en la actualidad.-
ARTICULO 2º.- Comuníquese al Poder Ejecutivo Provincial.-

SALA SESIONES, SAN SALVADOR DE JUJUY, 12 de Noviembre de 2009.-

Dr. Alberto Miguel Matuk
Secretario Parlamentario

Pedro A. Segura Lopez
Presidente
Legislatura de Jujuy

PODER EJECUTIVO DE LA PROVINCIA DE JUJUY
EXPTE. Nº 200-345/2009.-
CORRESP. A LEY Nº 5624.-
SAN SALVADOR DE JUJUY, 30 NOV. 2009.-
Téngase por LEY de la Provincia, cúmplase, comuníquese, publiquese íntegramente, dése al Registro y Boletín Oficial, tome razón Fiscalía de Estado, pase al Tribunal de Cuentas, Contaduría de la Provincia y Ministerio de Hacienda para su conocimiento, y oportunamente, ARCHÍVESE.-

DR. WALTER B. BARRIONUEVO
GOBERNADOR

Sancionada 12/11/2009
Publicado en BO Nº 135 de fecha 04/12/2009