BOLETÍN OFICIAL Nº 77 – 18/07/12
EXPTE. N° 500-160/2012.-
SAN SALVADOR DE JUJUY, 20 ABR. 2012.-
EL GOBERNADOR DE LA PROVINCIA
En acuerdo general de ministros
DECRETA:
ARTÍCULO 1º.- Fijase, a partir del 1º de marzo de 2012, el monto del jornal diario para los trabajadores jornalizados conforme se indica en el Anexo que integra el presente y de acuerdo a lo expresado en el exordio.-
Dr. EDUARDO ALFREDO FELLNER
Gobernador