BOLETÍN OFICIAL Nº 131 – 18/11/11
SAN SALVADOR DE JUJUY; 20 OCT. 2011
VISTO:
El expediente mediante el cual el Tribunal de Cuentas de la Provincia solicita la transferencia de un terreno ubicado en calle Pedro del Portal Nº 1182, Barrio 23 de Agosto de ésta ciudad, individualizado como Matrícula A-37128, Circ 1, Secc. 15, Mz. 5, Parcela 34, Padrón A-9174, de propiedad del Ex Banco de la Provincia; y
CONSIDERANDO:
Que se adjunta información parcelaria que acredita la titularidad del inmueble y los datos catastrales mencionados precedentemente;
Que el presente pedido responde a la necesidad de construir en el referido terreno el edificio para el Tribunal de Cuentas, por cuanto este organismo a la fecha carece de instalaciones propias, alquilando el actual inmueble donde funciona;
Que es criterio del Poder Ejecutivo dotar al organismo de control de las herramientas necesarias para la consecución y logro de los objetivos encomendados;
Por ello, teniendo en cuenta lo actuado por la Dirección Provincial de Inmuebles y lo dictaminado por Fiscalía de Estado, compartido por la Coordinación del Departamento de Asuntos Legales de Fiscalía de Estado;
EL GOBERNADOR DE LA PROVINCIA
D E C R E T A :
ARTICULO 1º.- Dónase a favor del TRIBUNAL DE CUENTAS DE LA PROVINCIA, el inmueble individualizado como Matrícula A-37128, Circ 1, Secc 15, Mz 5, Parcela 34, Padrón A-9174, ubicado en esta ciudad capital, por las razones expresadas en el exordio.
ARTICULO 2º.- Déjase establecido que la donación dispuesta en el artículo anterior es con cargo expreso de construir en el terreno el edificio propio del TRIBUNAL DE CUENTAS DE LA PROVINCIA.-
ARTICULO 3º.- Por Escribanía de Gobierno se procederá a extender la respectiva escritura traslativa de dominio a los efectos de la inscripción del inmueble a nombre del TRIBUNAL DE CUENTAS DE LA PROVINCIA.-
ARTICULO 4º.- Previa toma de razón por Fiscalía de Estado, comuníquese, publíquese – en forma sintética- dése al Registro y Boletín Oficial, pase a la Dirección Provincial de Inmuebles, Tribunal de Cuentas de la Provincia y Escribanía de Gobierno. Cumplido, vuelva al Ministerio de Hacienda a sus demás efectos.
Dr. WALTER B. BARRIONUEVO
GOBERNADOR