BOLETÍN OFICIAL Nº 133 – 23/11/11
EXPTE. N° 500-550/2011.-
SAN SALVADOR DE JUJUY, 21 SET. 2011.-
VISTO.
El Decreto Acuerdo 9091-H-2011, por el cual se implementa en todo el territorio Provincial, el Plan de emergencia “Un Lote para cada familia jujeña que lo necesite”, y
CONSIDERNADO:
Que el Plan consiste en la adjudicación de un lote fiscal cada familia jujeña que acredite la residencia en la Provincia y localidad, demuestre la real necesidad y cumpla con los requisitos de la ley Nº 3169 y los del Decreto Acuerdo Nº 9191-H-2011;
Que la operatividad del referido plan, requiere la disposición por parte del Estado de Tierras de su propiedad, e incluso si fuera necesario disponer expropiaciones en el marco de la Ley Nº 3018;
Que habiéndose dispuesto, por parte del Estado de Tierras del Ex Banco de la Provincia de Jujuy, Finca de Río Negro- Chalican y el pongo, las misma no resultan suficientes para dar adecuada respuesta a la totalidad de los requerimientos de tierras, suficientes para que cada familia jujeña que cumpla con los requisitos tenga un lote, resulta necesario disponer de las tierras de propiedad del Estado en forma previa iniciar los procedimientos de compra o expropiación de inmuebles, que generarán una mayor erogación al Estado.-
Que la Secretaria de Planificación de la Provincia informa la existencia de una finca del Estado Provincial ubicada en la zona de El Chucupal, departamento de el Carmen, individualizada como parcela 75, padrón B-1160.-
Que al igual que los inmuebles del Ex Banco Provincia, resulta pertinente transferir dicha finca al Instituto de Vivienda y Urbanismo de Jujuy, para que en el marco de las atribuciones que le son propias, implemente los programas necesarios conforme a lo establecido en ley Nº 3354 y sus modificatorias;
Por todo ello;
EL GOBERNADOR DE LA PROVINCIA
DECRETA:
ARTÍCULO 1°.- Transfiérase al Instituto de Vivienda y Urbanismo de Jujuy el inmueble de propiedad del Estado Provincial individualizado como Parcela 75, Padrón B-1160, ubicado en la zona El Chucupal, Departamento de El Carmen .-
ARTÍCULO 2°.- Previa toma de razón por Fiscalia de Estado y Tribunal de Cuentas dese al Boletín Oficial para su publicación en forma integra- Cumplido , vuelva al Ministerio de Hacienda a sus efectos.-
WALTER B. BARRIONUEVO
Gobernador