BOLETÍN OFICIAL Nº 102 – 12/09/16
Cámara Civil y Comercial Sala III. Voc. 9, en Expte. C-044874/15:“Daños y Perjuicios” Tolaba, Inocencio c/ Nuñez, José Esteban. I.- Por presentado el señor Inocencio Tolaba por constituido domicilio por sus propios derechos y con el patrocinio letrado del Dr. Hernán César Palomares.- II.- De la demanda interpuesta traslado a la parte demandada José Esteban Núñez a quién se cita y emplaza para que la conteste dentro del plazo de 15 días de sus notificaciones bajo apercibimiento de tenerlo por contestada si así no lo hiciere artículo 298 del C.P.C. Asimismo intímese a los demandados para que constituyen domicilio dentro de los tres (3) kilómetros del asiento de esta cámara en el mismo plazo antes fijado bajo apercibimiento de considerarse notificado por ministerio ley todas las resoluciones posteriores artículo 52 del C.P.C. Notifíquese el apartado 1 del auto de fojas 20 notifíquese artículo 155/6 del C.P.C. Fdo. Dra. Norma Issa-Pte. de Trámite-Ante mi Dra. Nora Aizama-Secretaria: Publíquense edictos en el Boletín oficial y un diario local tres veces en el término de diez días. San Salvador de Jujuy, de 2016.-
09/12/16 SEPT. LIQ. Nº 123599 $270,00.-