BOLETÍN OFICIAL Nº 84 – 03/08/12

Icon_PDF_6LEGISLATURA DE JUJUY

“2012 AÑO DEL BICENTENARIO DEL ÉXODO JUJEÑO”

LA LEGISLATURA DE JUJUY SANCIONA CON FUERZA DE

LEY N° 5711

ARTICULO 1.- Apruébase el Acuerdo Interjurisdiccional suscripto entre el Gobierno de la Provincia de Jujuy, Salta y Formosa y el Ministerio de Planificación Federal, Inversión Pública y Servicios, refrendado por Decreto Nº 9863-P-11.-

ARTICULO 2.-  Comuníquese al Poder Ejecutivo Provincial.-

SALA DE SESIONES, SAN SALVADOR DE JUJUY, 12 de Julio de 2012.-

Dr. Jorge Oscar Rodríguez

Secretario Parlamentario

 

Dr. Guillermo E. M Snopek

Vice-Presidente 1º

a/c de Presidencia

Legislatura de Jujuy

 

“2012 AÑO DEL BICENTENARIO DEL ÉXODO JUJEÑO”

PODER EJECUTIVO DE LA PROVINCIA DE JUJUY

EXPTE. Nº 200-296/2012.-

CORRESP. LEY Nº 5711.-

SAN SALVADOR DE JUJUY, 26 JUL. 2012.-

Téngase por LEY de la Provincia, cúmplase, comuníquese, publíquese íntegramente, dése al Registro y Boletín Oficial, tome razón Fiscalía de Estado, pase al Tribunal de Cuentas, Contaduría de la Provincia, Jefatura de Gabinete de Ministros; Ministerio de Infraestructura Planificación y Servicio Público; Secretaria General de la Gobernación para su conocimiento; y oportunamente. ARCHIVESE.-

 

Dr. Guillermo Raul Jenefes

Vice-Gobernador de la Provincia

En Ejercicio del Poder Ejecutivo