BOLETÍN OFICIAL Nº 102 – 12/09/16

Reconducción de “Nueva Farmacia Sagrada Familia Sociedad en Comandita Simple” y Modificación de Contrato Social.- En esta ciudad de Palpala, jurisdicción del departamento Palpala de la Provincia de Jujuy, Republica Argentina, a los veintidós días del mes de junio del año dos mil quince, se reúnen en la sede social, la señora Gisela Natalia Iriarte, Documento Nacional de Identidad N° 28.376.051, CUIT 27-28376051-6, argentina, casada en primeras nupcias con Rodrigo Nicolás Gómez, de 34 años de edad de profesión farmacéutica con domicilio en calle Río Turbio número 771 del Barrio Santa Bárbara de la ciudad de Palpala, Jurisdicción del Departamento Palpala de esta Provincia, y el señor Diego Roberto Reinhold, Documento Nacional de Identidad N° 28.073.395, CUIT 20-28.073.395-34  argentino, soltero, de 34 años de edad, de profesión comerciante, con domicilio en calle Güemes número 1.038 de esta ciudad, quienes intervienen en el carácter de únicos socios de la sociedad “Nueva Farmacia Sagrada Familia Sociedad en Comandita Simple”, CUIT 33-70875110-9, con domicilio en calle O´Higgins numero 132 de la ciudad de Palpala, jurisdicción del Departamento Palpala de la Provincia de Jujuy.- Y dicen: Primero: Que representan el cien por ciento del capital social, y de la voluntad societaria según surge de los siguientes instrumentos: a) contrato de constitución de la sociedad, de fecha 21 de abril de 2004, inscripta en el Registro Público de Comercio, de la Provincia al folio 125, acta 122, del Libro I de Farmacias y Droguerías, con fecha diecinueve de mayo de 2004; y Registrado con copia, bajo asiento 4, al folio 21/25, al legajo V del Registro de Escrituras Mercantiles de Farmacias y Droguerías, con fecha diecinueve de mayo de 2004; b) Acta de Asamblea General Extraordinaria de Reconducción del contrato social de fecha 14 de junio de 2009, inscripta en el Registro Público de Comercio, de la Provincia y Registrado con copia, bajo asiento 13, al folio 69/100, del legajo IX de Marginales del Registro de Escrituras Mercantiles de Farmacias y Droguerías, con fecha doce de agosto de 2009, y c) Contrato de cesión de cuotas, de fecha 19 de enero de 2011, inscripta en el Registro Público de Comercio, de la Provincia y Registrado con copia, bajo asiento 11, al folio 67/73, al legajo X de Marginales del Registro de Escrituras Mercantiles de Farmacias y Droguerías, con fecha veintisiete de junio de 2012- Segundo: Que se ha  producido el vencimiento del plazo de duración de la sociedad en fecha diecinueve de mayo de dos mil catorce y la misma está compuesta dentro de las disposiciones del Art. 95 Inc. 2 de la Ley 19.550- Los socios dejan constancia que no han efectuado actos liquidatorios, ni han procedido a inscribir el liquidador en el Registro Público de Comercio. Tercero: Que los socios por Unanimidad han resuelto Reconducir la sociedad por cinco (5) años desde la inscripción de la presente reconducción y en consecuencia reforman la cláusula quinta del contrato social quedando redactada en la siguiente forma: “El plazo de duración de esta sociedad se fija en cinco (5) años, a partir de la fecha de inscripción en el Registro Publico de Comercio”.- Cuarto: Los firmantes autorizan al Doctor Martín Francisco Llamas, Documento Nacional de Identidad numero 26.793.955, MP 1851, a fin de que gestione y solicite la inscripción del presente instrumento, ante el Registro Público de Comercio, firmando todos los instrumentos públicos y privados necesarios, como así también para desglosar y retirar constancias de los respectivos expedientes y presentar escritos. Igualmente se la faculta, para interponer en su caso recursos que la ley 19.550, el Código Procesal Civil y Comercial y demás legislación prevean, a fin de la inscripción definitiva del presente instrumento.- En prueba de conformidad se firman cuatro ejemplares de un mismo tenor y a un solo efecto.- ACT. NOT. Nº B 00156329, ESC. CAROLINA ALEXANDER, TIT. REG. Nº 62, S.S. DE JUJUY.-

 

Ordénese la publicación en el Boletín Oficial por un día de conformidad al art. 10 de la Ley 19550.-

San Salvador de Jujuy, 10 de agosto de 2016.-

MARTA ISABEL CORTE

P/HABILITACION AL JUZGADO DE COMERCIO

 

12 SEPT. LIQ. Nº 123611 $130,00.-