BOLETÍN OFICIAL Nº 89 – 04/08/17

Dr. Carlos Marcelo Cosentini, Presidente de Tramite en la Vocalia Nº 7 de la Sala II de la Cámara Civil y Comercial de la Provincia de Jujuy, en el EXPTE. Nº B-258330/11 Caratulado: ORDINARIO POR COBRO DE PESOS CREDIMAS S.A. c/ ELIAS MANUEL PICART” se hace saber al Sr. ELIAS MANUEL PICCART, se ha dictado el siguiente decreto que continuación se transcribe ”SALVADOR DE JUJUY 14 de octubre de 2014.- 1) Atento a lo solicitado a fs 44, a lo manifestado en el primer párrafo, téngase por cumplimentado lo dispuesto a fs 80, en tanto lo informado precedentemente por Secretaria, hácese efectivo el apercibimiento dispuesto a fs 19, en consecuencia, téngase al Sr. ELIAS MANUEL PICCART por decaído el derecho a contestar la demanda, teniéndose por contestada la misma. A lo solicitado en el penúltimo párrafo, ha lugar, imponiéndose a al peticionante al obligación de confeccionar la diligencia pertinente (deber de colaboración arts. 50 Y 72 del C.P.C.) 2) Notifíquese (art 155 del CPC) Fdo. Carlos M. Cosentini – Presidente de Tramite – Ante mi Dr. Sergio García.- Hágase constar que los plazos serán contados a partir del décimo día posterior a la ultima publicación de los edictos respectivos. A esto fines publíquense edictos en el Boletín Oficia y en un Diario local por tres veces en cinco dias.- San Salvador de Jujuy, 7 de Julio de 2.016”

 

31 JUL. 02/04 AGO. LIQ. Nº 10978 $360,00.-