BOLETÍN OFICIAL Nº 90 – 22/08/12

Icon_PDF_6DECRETO Nº 1055-G.-

EXPTE. N° 0400-867/12.-

SAN SALVADOR DE JUJUY, 17 AGO. 2012.-

VISTO Y CONSIDERANDO:

Que el próximo 23 de agosto se conmemora el Bicentenario del Éxodo Jujeño, fecha que merece importantes festejos alusivos;

Que por Ley 4059 de fecha 2 de marzo de 1984, modificada por similar Nº 5005, se dispone la referida fecha como Feriado Provincial;

Que la conmemoración del Bicentenerio del Exodo es una gesta heroica, donde confluye la figura del General Manuel Belgrano, ejemplo de ética, sacrificio y patriotismo y la de un pueblo que imita respondiendo al llamado de la Patria;

Que este acontecimiento histórico que representó el sacrificio de su gente ha quedado grabado para siempre en la historia de la libertad e independencia de la patria, y de los jujeños en particular, permitiendo reflexionar sobre nuestro pasado y proyectarnos con esperanza hacia el futuro;

Que estos festejos conmemorativos constituyen una inmejorable ocasión para exhibir ante el país la vitalidad y capacidad de nuestra Provincia como sociedad democrática, pluralista y orgullosa de sus mejores tradiciones y valores;

Que para esta celebración del 23 de agosto se encuentran previstos diversos actos, actividades y eventos histórico – culturales, artísticos y educativos para que participe la sociedad en su conjunto, organizados por el Gobierno de la Provincia; como así también por los Municipios y entidades civiles;

Que en este contexto la Sra. Presidenta de la Nación, Dra. Cristina Fernández y Comitiva, visitarán el día 22 de agosto del corriente año nuestra Provincia a los efectos de participar de los referidos actos alusivos;

Que, en virtud de lo expuesto resulta conveniente, a fin de permitir una adecuada adhesión de la ciudadanía a tan trascendente acontecimiento, disponer asueto administrativo para el mencionado día;

Que por otra parte el 24 de agosto del año en curso es día laborable y se prevé que, con motivo de los festejos de la aludida fecha histórica, haya una masiva movilización de habitantes, turistas y delegaciones que asistirán a las distintas ceremonias de celebración en el territorio provincial;

Que por lo expresado precedentemente y con el objeto de profundizar la integración social y permitir la concurrencia del público a los distintos actos conmemorativos, se consideró pertinente establecer, por única vez, Asueto administrativo y escolar el día 24 de agosto de 2012;

Por ello,

EL GOBERNADOR DE LA PROVINCIA

DECRETA:

ARTÍCULO 1º.- Otórgase Asueto Administrativo y Escolar en todos los ciclos y niveles, el día 22 de agosto de 2012, a partir de hs. 13:00 en la jurisdicción de la Provincia de Jujuy.

ARTÍCULO 2º.- Declárase Asueto Administrativo y Escolar en todo el territorio de la Provincia de Jujuy, el día 24 de agosto de 2012, por los motivos expresados en el exordio.

ARTÍCULO 3º.- Instrúyase a los distintos organismos del Estado Provincial para que implementen las medidas necesarias a efectos de mantener la continuidad de los servicios esenciales para al población.

ARTÍCULO 4º.- Concordante con lo establecido precedentemente, invítase a los Poderes Legislativos y Judicial y Municipios  a adherir a las disposiciones del presente Decreto.

ARTÍCULO 5º.- Regístrese, tome razón Fiscalía de Estado; comuníquese, publíquese íntegramente en el Boletín Oficial y, pase sucesivamente a Contaduría de la Provincia; Dirección Provincial de Personal y Secretaría de Educación para conocimiento y demás efectos de competencia. Cumplido, vuelva al Ministerio de Gobierno y Justicia.-

 

Dr. EDUARDO ALFREDO FELLNER

GOBERNADOR