BOLETÍN OFICIAL Nº 90 – 22/08/12

Icon_PDF_6LEGISLATURA DE JUJUY

“2012 AÑO DEL BICENTENARIO DEL ÉXODO JUJEÑO”

LA LEGISLATURA DE JUJUY SANCIONA CON FUERZA DE

LEY N° 5714

ARTICULO 1.- Apruébase el Convenio ME Nº 410/11 y los Anexos I, suscriptos el 15 de Junio de 2011, entre el Ministerio de Educación de la Nación y la Provincia de Jujuy, para la implementación del “Programa de apoyo a la política de mejoramiento de la equidad educativa” PROMEDU II.

ARTICULO 2.-  Comuníquese al Poder Ejecutivo Provincial.-

SALA DE SESIONES, SAN SALVADOR DE JUJUY, 02 de Agosto de 2012.-

Dr. Jorge Oscar Rodríguez

Secretario Parlamentario

 

Dr. Guillermo Raul Jenefes

Presidente

Legislatura de Jujuy

 

“2012 AÑO DEL BICENTENARIO DEL ÉXODO JUJEÑO”

PODER EJECUTIVO DE LA PROVINCIA DE JUJUY

EXPTE. Nº 200-318/2012.-

CORRESP. A LEY Nº 5714.-

SAN SALVADOR DE JUJUY, 16 AGO. 2012.-

Téngase por LEY de la Provincia, cúmplase, comuníquese, publíquese íntegramente, dése al Registro y Boletín Oficial, tome razón Fiscalía de Estado, pase al Tribunal de Cuentas, Contaduría de la Provincia, Jefatura de Gabinete de Ministros; Ministerio de Educación; Secretaria General de la Gobernación para su conocimiento; y oportunamente. ARCHIVESE.-

 

Dr. EDUARDO ALFREDO FELLNER

GOBERNADOR