BOLETÍN OFICIAL Nº 98 – 10/09/12

Icon_PDF_6LEGISLATURA DE JUJUY

“2012 Año del Bicentenario del Exodo Jujeño”

LA LEGISLATURA DE  JUJUY SANCIONA CON FUERZA DE

LEY N° 5716

ARTICULO 1.- Institúyase la fecha 29 de Septiembre como “Día de Reflexión sobre los Derechos de los Niños, Niñas y Adolescentes con Discapacidad”.-

ARTÍCULO 2.- Establécese que el Poder Ejecutivo Provincial a través del Ministerio de Educación de la Provincia de Jujuy, incluya esta fecha en el calendario escolar.-

ARTÍCULO 3.- Dispónese que todos los años a partir de la sanción de la presente Ley, en todos los establecimientos educativos dependientes del Ministerio de Educación, se realicen actividades relacionadas con los mencionados derechos, que contribuyan a fomentar una actitud de respecto e integración entre los educandos.-

ARTÍCULO 4.- Comuníquese  al Poder Ejecutivo Provincial.-

SALA DE SESIONES, SAN SALVADOR DE JUJUY, 16 de Agosto de 2012.-

Dr. Jorge Oscar Rodríguez

Secretario Parlamentario

 

Dr. Guillermo Raul Jenefes

Presidente

Legislatura de Jujuy

 

“2012 Año del Bicentenario del Exodo Jujeño”

PODER EJECUTIVO DE LA PROVINCIA DE JUJUY

EXPTE. Nº 200-350/2012.-

CORRESP. A LEY Nº 5716.-

SAN SALVADOR DE JUJUY, 4 SET. 2.012.-

Téngase por LEY de la Provincia, cúmplase, comuníquese, publíquese íntegramente, dése al Registro y Boletín Oficial, tome razón Fiscalía de Estado, pase al Tribunal  de Cuentas, Contaduría de la Provincia, Jefatura de Gabinete de Ministros, Ministerio de Educación; Ministerio de Desarrollo Social, Secretaria General de la Gobernación para su conocimiento; y oportunamente, ARCHIVESE.-

 

EDUARDO ALFREDO FELLNER

Gobernador