BOLETÍN OFICIAL Nº 142 – 19/12/11
Expte. Nº 200-317-11 y Agdos.-
San Salvador de Jujuy, 27 SET. 2011
EL GOBERNADOR DE LA PROVINCIA
DECRETA:
ARTICULO 1º.- Hacer lugar a la petición formulada en estos autos y en consecuencia, se establece que a partir de la fecha del presente Decreto, que la remuneración de los Jefes de Despacho de Ministerios y Secretaria General de la Gobernación, será la determinada por el art. 33 de la Ley 4655/92.-
WALTER B. BARRIONUEVO
Gobernador