BOLETÍN OFICIAL Nº 88 – 02/08/17
EXPTE. N°
SAN SALVADOR DE JUJUY, 14 JUN. 2017.-
VISTO:
Las presentes actuaciones mediante las cuales la Unidad de Organización “X1” MINISTERIO DE CULTURA Y TURISMO, solicita refuerzo de partida presupuestaria “Otros Servicios No Personales – Gastos de Difusión y Publicidad”, y – por consiguiente – una modificación presupuestaria Ejercicio 2017, Ley N° 6001/2016, y;
CONSIDERANDO:
Que resulta conveniente modificar el Presupuesto General Ejercicio 2017 a fin de habilitar las partidas correspondientes para la promoción y difusión de las actividades turísticas.-
Que en el aspecto estrictamente presupuestario, la Dirección Provincial de Presupuesto considera que el trámite de modificación presupuestaria los requisitos necesarios para dar continuidad al procedimiento administrativo correspondiente, de acuerdo a la expresa autorización de la Secretaría de Egresos Públicos obrante en autos.-
Que resulta oportuno destacar que las Unidades de Organización son responsables de la administración de sus créditos presupuestarios, y su aplicación deberá realizarse considerando la naturaleza del gasto, períodos, montos autorizados y su efectiva disponibilidad, debiéndose registrar las distintas etapas del gasto conforme a su realización.-
Que a fines de potenciar la actividad turística de la provincia los ministerios que a continuación se detallan, integrantes del Poder Ejecutivo Provincial, transferirán de sus presupuestos los importes necesarios para tal fin.-
Por ello, y en uso de las facultades que le son propias;
EL GOBERNADOR DE LA PROVINCIA
DECRETA:
ARTICULO 1°.-Modificase el Presupuesto General de Gastos y Cálculo de Recursos -Ejercicio 2017-, Ley N° 6001/2016, conforme el siguiente detalle:…
ARTICULO 2°.-°.- El presente Decreto será refrendado por los Señores Ministros de Cultura y Turismo; de Hacienda y Finanzas; de Infraestructura, Servicios Públicos, y Vivienda; de Salud; de Desarrollo Humano, de Educación y de Ambiente.‑
C.P.N. GERARDO RUBEN MORALES
GOBERNADOR