BOLETÍN OFICIAL Nº 107 – 03/10/12
EXPTE. N° 714-424/10.-
SAN SALVADOR DE JUJUY, 06 JUL. 2012.-
EL GOBERNADOR DE LA PROVINCIA
DECRETA:
ARTÍCULO 1º.- Téngase por otorgada la Licencia sin goce de haberes, a favor del Dr. EUGENIO CARI, CUIL 20-11826648-0, en el cargo categoría D (j-2), agrupamiento profesional, escalafón profesional-Ley Nº 4418 de la U. de O.: R 2-02-02 Hospital “Pablo Soria”, con retroactividad al 10 de agosto de 2010 y mientras duren sus funciones como Jefe del Departamento Prestaciones dependiente de la Unidad de Gestión Local XXII-Jujuy, del Instituto Nacional de Servicios Sociales para Jubilados y Pensionados, de conformidad a lo expresado en el exordio.-
ARTÍCULO 2º.- Téngase por designada en carácter de reemplazante a la Dra. LAURA MABEL CALISAYA, D.N.I. Nº 21.576.863, CUIL 27-21576863-0, en el cargo categoría A (j-2), agrupamiento profesional, escalafón profesional-Ley Nº 4418 de la U. de O.: R 2-02-02 Hospital “Pablo Soria”, de manera provisoria, con retroactividad al 10 de agosto de 2010 y hasta tanto cese la emergencia dispuesta por Resolución 5280-S-10, o se cuente con otro profesional idóneo para cubrir el cargo, de conformidad a lo expresado en el exordio.-
Dr. EDUARDO ALFREDO FELLNER
Gobernador