BOLETÍN OFICIAL Nº 109 – 10/10/12
EXPTE. N° 716-1417/11.-
SAN SALVADOR DE Jujuy, 10 SET. 2012.-
EL GOBERNADOR DE LA PROVINCIA
DECRETA:
ARTÍCULO 1º.- Imprimase a la presentación de fs. 01, el trámite de reclamación administrativa previa, de conformidad a lo expresado en el exordio.-
ARTÍCULO 2º.- Como consecuencia de lo dispuesto en el Articulo precedente, rechazase por improcedente la reclamación administrativa previa interpuestas por el Dr. Aníbal Massaccesi, en su carácter de Apoderado Legal de la Sra. Marina del Carmen Díaz, DNI Nº 16.280.388, categoría A-1(i-2) agrupamiento profesional, Ley 4413 del Hospital “San Roque”, por las razones invocadas en el exordio.-
Dr. EDUARDO ALFREDO FELLNER
Gobernador