BOLETÍN OFICIAL Nº 146 – 30/12/11
EXPTE. N° 300-160-2010-
SAN SALVADOR DE JUJUY, 20 OCT. 2011.-
EL GOBERNADOR DE LA PROVINCIA
DECRETA:
ARTICULO 1º Otorgase Personería Jurídica a la ASOCIACION DE PRODUCTORES ORIGINARIOS DE SAN TA CLARA- APOSAC, con asiento en la Localidad de Santa Clara (Departamento Santa Bárbara) y consecuencialmente apruébese su Estatuto Social que consta de treinta y seis (36) artículos, y corre agregado de fs. 49 a 58 de autos.-
WALTER B. BARRIONUEVO
Gobernador