BOLETÍN OFICIAL Nº 146 – 30/12/11
EXPTE. N° 300-495-2010-
SAN SALVADOR DE JUJUY, 20 OCT. 2011.-
EL GOBERNADOR DE LA PROVINCIA
DECRETA:
ARTICULO 1°Otorgase Personería Jurídica a favor de la Asociación Civil ARTE SANO JUJUY-ARGEN TINA, con asiento en esta ciudad y consecuencia apruébese su Estatuto Social que consta de treinta y seis (36) Articulo, y corre agregado a fs. 32 a 39 de autos.-
WALTER B. BARRIONUEVO
Gobernador