BOLETÍN OFICIAL Nº 125 – 16/11/12
EXPTE. N° 500-389/2012.-
SAN SALVADOR DE Jujuy, 18 JUL. 2012.-
EL GOBERNADOR DE LA PROVINCIA
EN ACUERDO GENERAL DE MINISTROS
DECRETA:
ARTÍCULO 1º.- Fijase, a partir del 1º de Julio de 2012, el monto del jornal diario para los trabajadores jornalizados conforme se indica en el Anexo que integra el presente y de conformidad a lo expresados en el exordio.-
Dr. EDUARDO ALFREDO FELLNER
Gobernador