BOLETÍN OFICIAL Nº 126 – 19/11/12
“2012 AÑO DEL BICENTENARIO DEL ÉXODO JUJEÑO”
LEGISLATURA DE JUJUY
LA LEGISLATURA DE JUJUY SANCIONA CON FUERZA DE
LEY N° 5728
ARTICULO 1º.- Apruébase el Convenio Nº 1714 en el Marco de los Proyectos “Prevención de la Discrimación, el Abuso y Maltrato hacia los Adultos Mayores”, suscripto entre la Secretaria Nacional de Niñez, Adolescencia y Familia de la Nación y la Secretaria de Niñez, Adolescencia y Familia de la Provincia de Jujuy, refrendado por Decreto Nº 624-DS-12.-
ARTICULO 2º.- Comuníquese al Poder Ejecutivo Provincial.-
SALA DE SESIONES, SAN SALVADOR DE JUJUY, 25 de Octubre de 2012.-
Dr. Jorge Oscar Rodríguez
Secretario Parlamentario
Dr. Guillermo Raúl Jenefes
Presidente
Legislatura de Jujuy
“2012 AÑO DEL BICENTENARIO DEL ÉXODO JUJEÑO”
PODER EJECUTIVO DE LA PROVINCIA DE JUJUY
EXPTE. Nº 200-545/2012.-
CORRESP. A LEY Nº 5728.-
SAN SALVADOR DE JUJUY, 13 NOV. 2012.-
Téngase por LEY de la Provincia, cúmplase, comuníquese, publíquese íntegramente, dése al Registro y Boletín Oficial, tome razón Fiscalía de Estado, pase al Tribunal de Cuentas, Contaduría de la Provincia, Jefatura de Gabinete de Ministros; Ministerio de Desarrollo Social; Secretaria General de la Gobernación para su conocimiento; y oportunamente. ARCHIVESE.-
EDUARDO ALFREDO FELLNER
Gobernador