LEY Nº 5874

LA LEGISLATURA DE JUJUY SANCIONA CON FUERZA DE

LEY Nº 5874

INSTITUIR EL DIA 2 DE ABRIL DE CADA AÑO COMO “DIA PROVINCIAL DE CONCIENTIZACION SOBRE EL AUTISMO”

 

ARTICULO 1º.-Institúyase el día 2 de abril de cada año como “Día Provincial de Concientización sobre Autismo”.

ARTICULO 2º.-El Poder Ejecutivo Provincial, a través de los organismos competentes, arbitrará las medidas necesarias para que: a) Se ilumine de color azul un elemento arquitectónico o monumento el día 2 de abril de cada año, a fin de concientizar a la población sobre los trastornos generalizados del desarrollo y del espectro autista; b) Se organicen eventos y programas destinados a orientar y fomentar la comprensión social, incluso a nivel familiar, sobre dichos trastornos.

 

ARTICULO 3º.-Derógase la Ley Nº 5468.

 

ARTICULO 4º.-Comuníquese al Poder Ejecutivo Provincial.-

 

SALA DE SESIONES, SAN SALVADOR DE JUJUY, 13 de Mayo de 2015.-

 

Dr. Jorge Oscar Rodríguez

Secretario Parlamentario-Legislatura de Jujuy

 

Dr. Guillermo Raúl Jenefes

Presidente-Legislatura de Jujuy

 

PODER EJECUTIVO DE LA PROVINCIA DE JUJUY

EXPTE. Nº 200-102/2015.-

CORRESPONDE A LEY Nº 5874.-

SAN SALVADOR DE JUJUY, 29 MAY. 2015.-

Téngase por LEY DE LA PROVINCIA, cúmplase, comuníquese, publíquese íntegramente, dése al Registro y Boletín Oficial, tome razón Fiscalía de Estado, pase al Tribunal de Cuentas, Contaduría de la Provincia, Jefatura de Gabinete de Ministros, Ministerio de Salud, Dirección de Administración de la Gobernación y Secretaría General de la Gobernación para su conocimiento. Oportunamente, ARCHIVESE.-

EDUARDO ALFREDO FELLNER

GOBERNADOR

 

Sancionada 13/05/2015

Publicado en BO Nº 67 de fecha 19/06/2015