BOLETÍN OFICIAL Nº 85 – 26/07/17

DRA. ALICIA M. ALDONATE – Actuaria titular de la Secretaria Nº 16 del Juzgado C. y C. Nº 8, del Centro Judicial de San Pedro de Jujuy, en el Expte. Nº D-000410/13 CARATULADO: CARSA S.A. C/ CABRERA, NESTOR”, hace saber que el Sr. Juez de la causa ha dictado el siguiente decreto: SAN PEDRO DE JUJUY, 30 de Marzo de 2011.- I.- Por presentado el Dr. FRANCISO SAIDMAN ROS en nombre y representación de la firma CARSA S.A. a mérito del Poder Gral. Juramentado obrante a fs. 4 de autos.- De conformidad a lo previsto por los arts. 472, 478 y 480 del C.P. Civil, líbrese mandamiento de pago, ejecución y embargo en contra del demandado Sr. CABRERA, NESTOR, en el domicilio denunciado, por la suma de PESOS OCHOCIENTOS SETENTA Y UNO CON 88/100 ($871,88) en concepto de capital reclamado, con más la suma de PESOS CUATROCIENTOS TREINTA Y CINCO CON 94/100 ($435,94) presupuestadas para acrecidas y costas del presente juicio.- En defecto de pago, trábese embargo sobre bienes de la propiedad del demandado, hasta cubrir ambas sumas, designando depositario judicial al propio afectado y/o persona de responsabilidad y arraigo.- Asimismo requiérasela manifestación obre si los bienes embargados registran algún gravamen y en su caso, exprese monto, nombre y domicilio del o los acreedores y cíteselo de remate para que oponga excepciones legitimas si las tuviere, dentro del plazo de cinco días bajo apercibimiento de llevarse adelante la presente ejecución.- Asimismo córrase traslado del pedido de intereses, con las copias respectivas, por igual plazo que el antes expresado, bajo apercibimiento de lo que por derecho hubiere lugar.- Por el mismo término intímeselo a constituir domicilio legal dentro del radio de -3Km- del asiento de este Juzgado bajo apercibimiento de lo dispuesto en el art. 52 del ídem.- Para el cumplimiento de lo ordenado, comisiónese al Sr. Oficial de Justicia y/o Juez de Paz, con las facultades de allanar domicilio y hacer uso de la fuerza pública en caso de ser necesario.- Notificaciones en Secretaria son Martes y Jueves o el siguiente día hábil si alguno de ellos fuese feriado. NOTIFIQUESE (art. 154 C.P.C.).- FDO. DRA. MARISA E. RONDON – JUEZ – ANTE MI DRA. NORMA FARACH DE ALFONSO – STRIA.- PUBLÍQUENSE EDICTOS EN EL BOLETÍN OFICIAL Y UN DIARIO LOCAL POR TRES VECES EN CINCO DÍAS.-
SAN PEDRO DE JUJUY, 05 de Agosto de 2016.-
26/28/31 JUL. LIQ. Nº 10982 $360,00.-