BOLETÍN OFICIAL Nº 85 – 26/07/17

DECRETO N° 3404-S/2017.-

EXPTE. N° 780-233/16.-

SAN SALVADOR DE JUJUY, 03 ABR. 2017.-

VISTO:

Las presentes actuaciones por las que tramita la designación a favor de la Lic. Roxana del Carmen Colque, CUIL 27-32625396-6, en el cargo categoría A-1, agrupamiento profesional, Ley N° 4413, en la U. de 0. R 2-02-01 Centro Sanitario “Dr. Carlos Alberto Alvarado”, a partir de la fecha del presente Decreto, previa transferencia del citado cargo desde la U. de O.: R1 Ministerio de Salud, vacante creado por Ley N° 5877; y

CONSIDERANDO:

Que, a fs. 4 y 53 se acredita la disponibilidad del cargo a cubrir;

Que, obran en autos antecedentes del concurso llevado a cabo para la cobertura del mencionado cargo vacante;

Que, la designación y la transferencia tramitadas se encuadran en las disposiciones previstas en el artículo 6°, inciso b) de la Ley N° 5233/00 y lo establecido en las Leyes N° 5877 y N° 6001;

Que, a fs. 49/50 la Dirección Provincial de Personal emite informe de su competencia, haciendo lo propio a fs. 52 la Dirección Provincial de Presupuesto indicando la partida Presupuestaria para atender el gasto que demande el presente trámite;

Que, a fs. 56 rola intervención de la Dirección General de Asuntos Jurídicos del Ministerio de Salud;

Que, a fs.57 el Departamento de Asuntos Legales de Fiscalía de Estado emite dictamen, de cuyos términos se desprende que se encuentran delineados los elementos necesarios para la emisión del presente acto administrativo;

Por ello, en uso de las facultades conferidas por el artículo 137°, inciso 13) de la Constitución de la Provincia y a los efectos de su regularización administrativa;

EL GOBERNADOR DE LA PROVINCIA

DECRETA:

ARTICULO 1°.-Modificase el Presupuesto General de Gastos y Cálculo de Recursos – Ejercicio 2017- Ley N° 6001, conforme se indica a continuación: …

ARTICULO 2°.-Designase a la Lic. Roxana del Carmen Colque, CUIL 27-32625396-6, en el cargo categoría A-1, agrupamiento profesional, Ley N° 4413, en la U. de O.: R 2­-02-01 Centro Sanitario “Dr. Carlos Alberto Alvarado”, a partir de la fecha del presente Decreto, de conformidad a lo expresado en el exordio.‑

ARTICULO 3°.- La erogación que demande el cumplimiento de lo dispuesto en el artículo precedente, se atenderá con la partida Presupuestaria que a continuación se indica:

EJERCICIO 2017

Con la respectiva partida de Gasto en Personal asignada a la Jurisdicción “R” Ministerio de Salud, U. de O.: R 2-02-01 Centro Sanitario.‑

ARTICULO 4°.-Autorizase a la Dirección Provincial de Presupuesto a realizar la transferencia de Créditos Presupuestarios que resulten necesarios, a los efectos de la atención de las disposiciones del presente Decreto.‑

ARTICULO 5°.-El presente Decreto será refrendado por los Señores Ministros de Salud y de Hacienda y Finanzas.‑

 

C.P.N. GERARDO RUBEN MORALES

GOBERNADOR