BOLETÍN OFICIAL Nº 137 – 17/12/12

Icon_PDF_6DECRETO Nº 1345 I.PyS.P.-

EXP. Nº 622-58/2008.-

SAN SALVADOR DE JUJUY, 17OCT. 2012.-

VISTO:

Este expediente iniciado por: GERENCIA OPERATIVA DE AGUA DE LOS ANDES S.A. caratulado: “E/ INFORME DE GASTOS TOTALES DE EMERGENCIA ESTIVALES Y CONTINGENCIAS ENTRE LOS MESES DE NOVIEMBRE/2007 HASTA ABRIL/2008”, y

CONSIDERANDO:

Que en nota (fs. 71) el Presidente de Agua de Los Andes S.A., expresa que se realizaron tareas de reencauce de arroyos, habilitación de drenes y tomas de agua, reposición de arena y mano filtrante, reparación de acueductos y redes de agua y cloaca, reconstrucción de cámaras, reposición de bombas, protección eléctrica de tableros, construcción de defensas entre otras. Asimismo, expresa, que se ejecutaron los mismos para garantizar la prestación del servicio, interrumpido en su mayoría como consecuencia de las intensas precipitaciones registradas y que debieron ser atendidos en forma inmediata. Tales emergencias fueron tratadas en reunión con el Consejo de Emergencia Climática de la Provincia, conforme surge de las Actas Nros. 106 y 107, las cuales constan a fs. 59/63 y 64/70.

Que debido a que el atraso tarifario de Agua de Los Andes S.A. es especialmente crítico, solicita al Ministerio de Infraestructura, Planificación y Servicios Públicos se tramite en forma urgente el reintegro de la inversión efectuada, la cual asciende a la suma de Pesos Quinientos Veinte Mil Novecientos Noventa y Siete ($ 520.997,oo).

Que se incorpora informe expedido por el Área Técnica de la Secretaría de Planificación de este Ministerio,  con fecha 13 de abril de 2009, del cual surgen las obras que no deben ser incluidas dentro de los gastos de emergencia y contingencias entre los meses de Noviembre/2007 a Abril/2008, en razón que las mismas debieron ser realizadas con anterioridad y previsión, se trata de los gastos de Gerencia de Planeamiento (fs. 82/84); se agregan también Planillas de Gastos Totales de Emergencias Estivales y Contingencias de Noviembre/2007 a Abril/2008, de todas las Unidades Operativas que funcionan en Agua de Los Andes S.A., indicando en un ítem las obras que no deberían ser incorporadas como de Emergencia, lo que hace un total de Pesos Doscientos Setenta y Un Mil Setecientos Treinta y Nueve ($ 271.739,oo), fs. 85/86.

Que con fecha 13 de julio de 2009, dicho organismo técnico determina que el monto a reintegrar es de $ 250.259,00, de acuerdo a lo manifestado a fs. 87.

Que Asesoría Legal de este Ministerio emite opinión (fs. 91/92vta.) al respecto, manifestando, que el Marco Regulatorio para la concesión de los servicios de Agua Potable y Saneamiento se estableció mediante Decreto Nº 3218-OP/1995, el cual regula la prestación de los servicios de agua potable y saneamiento.

Que dentro de ese marco legal se estipulan los deberes y atribuciones que debe cumplir Agua de Los Andes S.A., entre ellas preparar planes de operación, mantenimiento, inversión, mejoras y expansión, como así también, realizar todas las tareas y actividades idóneas para la prestación del servicio de agua potable.

Que por lo expuesto, teniendo en cuenta el Informe Técnico de fs. 82/87 sobre las obras que deben quedar excluidas del monto reclamado y la existencia de partida para atender la presente erogación solo correspondería, el REINTEGRO a Agua de Los Andes S.A. de la suma de Pesos Doscientos Cincuenta Mil Doscientos Cincuenta y Nueve ($ 250.259,oo), monto que se determina en el Informe Técnico que rola a fs. 82/87.

Que a fs. 99/100 y fs. 108 obra Resolución Nº 802-IP/2010 y Resolución Modificatoria Nº 999-IP/2011 dictada por el Consejo de Emergencia Climática, mediante las cuales se autoriza el reintegro de $ 250.259,00 a Agua de Los Andes S.A.

Que Contaduría de la Provincia (fs. 116), informa que de acuerdo a lo manifestado por la Dirección Provincial de Presupuesto (fs.115) el gasto que se tramita cuenta con imputación preventiva en el Ejercicio 2011 según lo observado a fs. 105.

Que teniendo presente el dictamen emitido a fs. 113 de este expediente por el Asesor Legal de Fiscalía de Estado, compartido a fojas 113vta., por la señora Coordinadora del Dpto. de Asuntos Legales de Fiscalía de Estado.

Por ello, y a los fines de su regularización administrativa.

EL GOBERNADOR DE LA PROVINCIA

DECRETA

ARTICULO 1º.-     Autorízase al MINISTERIO DE INFRAESTRUCTURA, PLANIFICACION Y SERVICIOS PUBLICOS a realizar el REINTEGRO a Agua de Los Andes S.A. por la suma de: PESOS DOSCIENTOS CINCUENTA MIL DOSCIENTOS CINCUENTA Y NUEVE ($250.259,00), de conformidad a lo expresado en el exordio.-

ARTICULO 2º.-     El gasto emergente se imputa a la Partida Presupuestaria:

EJERCICIO 2011:

Jurisdicción: L DEUDA PÚBLICA

Sección: 3 OTRAS OBLIGACIONES

Sector: 10  EROGACIONES P/ATENDER AMORT. DEUDA-C/RENTAS GENERALES

Part. Ppal.: 15 AMORTIZACIÓN DE DEUDAS

Part. Pcial.: 1 AMORTIZACIÓN DE LA DEUDA PÚBLICA

Part. S. Pcial.: 26 P/Pago Obligaciones No Comprometidas Presup. en Ej. Anteriores

ARTICULO 3º.- El presente decreto será refrendado por los señores Ministros de Infraestructura, Planificación y Servicios Públicos y de Hacienda.-

ARTICULO 4º.- Previa Toma de Razón de Fiscalía de Estado, y de Tribunal de Cuentas, vuelva a Ministerio de Infraestructura, Planificación y Servicios Públicos. Dése a Boletín Oficial para su publicación-en forma integral, a Dirección de Prensa. Pase a Departamento Contable MIPySP, Dirección Provincial de Presupuesto, Contaduría de la Provincia y siga a Agua de Los Andes S.A.-

 

Dr. EDUARDO ALFREDO FELLNER

GOBERNADOR