BOLETÍN OFICIAL Nº 85 – 26/07/17
EXPTE. N° 780- 234/16.-
SAN SALVADOR DE JUJUY, 1 JUN. 2017.-
VISTO:
Las presentes actuaciones por las que la U. de O.: R 2-02-17 Hospital “Dr. Jorge Uro” de La Quiaca, tramita la designación, a partir de la fecha del presente Decreto, a favor de la Lic. MIRTA DELINA MORALES, CUIL 27-21846152-8, en el cargo categoría A-1, agrupamiento profesional, Ley N° 4413, vacante creado por Ley N° 5877, previa transferencia del mismo desde la U. de O.: R1 Ministerio de Salud; y
CONSIDERANDO:
Que, a fs. 47 se acredita la disponibilidad del cargo a cubrir;
Que, obran en autos antecedentes del concurso efectuado con el objeto de la cobertura del cargo vacante;
Que, la transferencia y la designación tramitadas, se encuadran en las disposiciones prevista en la Ley N° 5233/00, Ley N° 5877 y Ley N° 6001;
Que, a fs. 43/44 la Dirección Provincial de Personal emite informe de su competencia, haciendo lo propio la Dirección Provincial de Presupuesto a fs. 46 indicando la partida Presupuestaria para afectar la presente designación;
Que, a fs. 50 rola intervención de la Dirección General de Asuntos Jurídicos del Ministerio de Salud;
Que, a fs. 53/54 Asesoría Legal de Fiscalía de Estado emite dictamen, compartido por la Coordinación del Departamento de Asuntos Legales, del que surge que es procedente el dictado del presente Decreto;
Por ello, en uso de las facultades conferidas por el artículo 137º, inciso 13) de la Constitución de la Provincia;
EL GOBERNADOR DE LA PROVINCIA
DECRETA:
ARTICULO 1°.-Modificase el Presupuesto General de Gastos y Cálculo de Recursos vigente, Ley N° 6001, conforme se indica a continuación: …
ARTICULO 2°.-Como consecuencia de lo dispuesto en el artículo precedente, designase a la Lic. MIRTA DELINA MORALES, CUIL 27-21846152-8, en el cargo categoría A-1, agrupamiento profesional, Ley N° 4413, en la U. de O.: R 2-02-17 Hospital “Dr. Jorge Uro” de La Quiaca, a partir de la fecha del presente Decreto, de conformidad a lo expresado en el exordio.-
ARTICULO 3°.-La erogación emergente del presente decreto se atenderá con la partida del Presupuesto General de Gastos y Cálculo de Recursos Ejercicio 2017, Ley N° 6001, que a continuación se indica:
EJERCICIO 2017:
Con la respectiva partida de “gastos en personal” asignada a la jurisdicción Ministerio de Salud U. de O.: R 2-02-17 Hospital “Jorge Uro”.‑
ARTICULO 4°.-Autorizase a la Dirección Provincial de Presupuesto a realizar las transferencias de créditos presupuestarios que resulten necesarios a los efectos de la atención de las disposiciones del presente Decreto.‑
ARTICULO 5°.- El presente Decreto será refrendado por los Señores Ministros de Salud y de Hacienda y Finanzas.‑
C.P.N. GERARDO RUBEN MORALES
GOBERNADOR