BOLETÍN OFICIAL Nº 3 – 07/01/13

Icon_PDF_6“2012 AÑO DEL BICENTENARIO DEL ÉXODO JUJEÑO”

LA LEGISLATURA DE JUJUY SANCIONA CON FUERZA DE

LEY N° 5758

 

ARTICULO 1.- Exímase del pago de los Tributos Provinciales previstos en el Código Fiscal (T.O. 1982) a la empresa adjudicataria de las obras “Construcción Sector Materno Infantil del Hospital de Niños Dr. Héctor Quintana de la Provincia”, financiada con Recursos de Origen Nacional mediante Convenio con el Estado Nacional aprobado por Ley Nº 5666 y “Remodelación, ampliación equipamiento e incorporación de sistemas informáticos del Hospital de Niños Dr. Héctor Quintana” de esta ciudad.

ARTICULO 2.- Comuníquese al Poder Ejecutivo Provincial.-

SALA DE SESIONES, SAN SALVADOR DE JUJUY, 21 de diciembre de 2012.-

Dr. Jorge Oscar Rodríguez

Secretario Parlamentario

 

Dr. Guillermo Raúl Jenefes

Presidente

Legislatura de Jujuy

 

“2012 AÑO DEL BICENTENARIO DEL ÉXODO JUJEÑO”

PODER EJECUTIVO DE LA PROVINCIA DE JUJUY

EXPTE. Nº 200-674/2012.-

CORRESP. A LEY Nº 5758.-

SAN SALVADOR DE JUJUY, 28 DIC. 2012.-

Téngase por LEY de la Provincia, cúmplase, comuníquese, publíquese íntegramente, dese al Registro y Boletín Oficial, tome razón Fiscalía de Estado, pase al Tribunal  de Cuentas, Contaduría de la Provincia, Jefatura de Gabinete de Ministros; Ministerio de Hacienda; Secretaria General de la Gobernación para su conocimiento; y oportunamente. ARCHÍVESE.-

 

EDUARDO ALFREDO FELLNER

GOBERNADOR