BOLETÍN OFICIAL Nº 3 – 07/01/13
“2012 AÑO DEL BICENTENARIO DEL ÉXODO JUJEÑO”
LA LEGISLATURA DE JUJUY SANCIONA CON FUERZA DE
LEY N° 5755
ARTICULO 1.- Declárase el día 03 de Abril de cada año, como Día de Celebración Provincial en Conmemoración de la Batalla de Volcán.
ARTICULO 2.- Establécese que el Poder Ejecutivo Provincial a través del Ministerio de Educación de la provincia de Jujuy, incluya esta fecha en el calendario escolar.
ARTICULO 3.- Dispónese que todo los años a partir de la sanción de la presente Ley, en todos los establecimientos dependientes del Ministerio de Educación, se realice actividades alusivas a la batalla de Volcán, tendientes a conmemorar la misma y exaltar su importancia en la causa independentista.
ARTICULO 4.- Comuníquese al Poder Ejecutivo Provincial.-
SALA DE SESIONES, SAN SALVADOR DE JUJUY, 14 de diciembre de 2012.-
Dr. Jorge Oscar Rodríguez
Secretario Parlamentario
Dr. Guillermo Raúl Jenefes
Presidente
Legislatura de Jujuy
“2012 AÑO DEL BICENTENARIO DEL ÉXODO JUJEÑO”
PODER EJECUTIVO DE LA PROVINCIA DE JUJUY
EXPTE. Nº 200-666/2012.-
CORRESP. A LEY Nº 5755.-
SAN SALVADOR DE JUJUY, 28 DIC. 2012.-
Téngase por LEY de la Provincia, cúmplase, comuníquese, publíquese íntegramente, dese al Registro y Boletín Oficial, tome razón Fiscalía de Estado, pase al Tribunal de Cuentas, Contaduría de la Provincia, Jefatura de Gabinete de Ministros; Ministerio de Educación; Ministerio Gobierno y Justicia; Secretaria General de la Gobernación para su conocimiento; y oportunamente. ARCHÍVESE.-
EDUARDO ALFREDO FELLNER
GOBERNADOR