Ley Nº 5777
LA LEGISLATURA DE JUJUY SANCIONA CON FUERZA DE
Ley Nº 5777
“ADHESIÓN a la LEY NACIONAL Nº 26.799”
ARTICULO 1º.- Adhiérese la Provincia de Jujuy en todos sus términos a la Ley Nacional Nº 26.799 de “Prohibición de Equipos de Emisión de Rayos Ultravioletas para Bronceado”.-
ARTICULO 2º.- Comuníquese al Poder Ejecutivo Provincial.-
SALA DE SESIONES, SAN SALVADOR DE JUJUY, 13 de Junio de 2013.-
Dr. Jorge Oscar Rodríguez
Secretario Parlamentario
Dr. Guillermo E. M. Snopek
Vice- Presidente 1º
a/c Presidencia
Legislatura de Jujuy
PODER EJECUTIVO DE LA PROVINCIA DE JUJUY
EXPTE. Nº 200-200/2013.-
CORRESP. A LEY Nº 5777.-
SAN SALVADOR DE JUJUY, 01 JUL. 2013.-
Téngase por LEY DE LA PROVINCIA, cúmplase, comuníquese, publíquese íntegramente, dése al Registro y Boletín Oficial, tome razón Fiscalía de Estado, pase al Tribunal de Cuentas, Contaduría de la Provincia, Jefatura de Gabinete de Ministros, Ministerio de Salud, Ministerio de Desarrollo Social, y Secretaria General de la Gobernación para su conocimiento. Oportunamente, ARCHIVESE.-
Dr. EDUARDO ALFREDO FELLNER
GOBERNADOR
Sancionada 13/06/2013
Publicado en BO Nº 73 de fecha 03/07/2013