LEY Nº 3994

SAN SALVADOR DE JUJUY, 22 de agosto de 1983

 

EXP. Nº 1298-M-83.-

VISTO:

Lo actuado en este expediente Nº 1298-M-1983, caratulado: “MUNICIPALIDAD DE LA CAPITAL. E/ACTUACIONES RELACIONADAS CON LA NECESIDAD DE EJECUTAR OBRAS DE ENSANCHE EN EL SECTOR DONDE SE PRODUCE EL ESTRANGULAMIENTO DE LA AVDA. PÁRROCO MARSHKE DE ESTA CIUDAD”, y el Decreto Nacional Nº 877/80, en ejercicio de las facultades legislativas concedidas por la Junta Militar,

 

EL GOBERNADOR DE LA PROVINCIA

SANCIONA Y PROMULGA CON FUERZA DE

 

LEY Nº 3994

 

ARTICULO 1º.- Decláranse de utilidad pública y sujetas a expropiación las fracciones de terreno cuya superficie resulta indispensable para las obras de ensanchamiento de la avenida Párroco Marshke en el tramo comprendido entre las calles Cuyo y Cerro Zapla, a disgregarse de los inmuebles ubicados en el Barrio San Pedrito de esta Capital y que seguidamente se individualizan, de propiedad de las personas que en cada caso se indican o de quien o quienes resultaren ser sus legítimos dueños:

  1. a) Lote 11 de la Manzana E., Padrón A-3466, Propietario: OSCAR RAMÓN NIEVA.
  2. b) Lote 12 de la Manzana E., Padrón A-3646, Propietario: EVA LIBORIA LEAL DE ARCE.
  3. c) Lote 13 de la Manzana E., Padrón A-3647, Propietario: CELESTINO GUTIÉRREZ.
  4. ch) Lote 14 de la Manzana E., Padrón A-3512, Propietarios: SAMUEL ORTIZ Y MARTA ZELMIDA CONTRERAS DE ORTIZ
  5. d) Lote 15 de la Manzana E., Padrón A-3465, Propietario: LORENZO TAGLIOLI.
  6. e) Lote 16 de la Manzana E., Padrón A-3526, Propietarios: NEMESIO TEJERINA Y ENRIQUETA ADARO.
  7. f) Lote 17 de la Manzana E, Padrón A-3510, Propietarios: FAUSTO TEJERINA e INÉS FELINA DELGADO DE TEJERÍAN.
  8. g) Lote 18 de la Manzana E., Padrón A-3648, Propietarios: ALBERTO MORALES y EDIBURGA VELÁZQUEZ DE MORALES.
  9. h) Lote 19 de la Manzana E., Padrón A-3649, Propietarios: ANTONIO SIVILA y ANA MARÍA ACOSTA DE SIVILA.
  10. i) Lote 20 A. de la Manzana E., Padrón A-47370, Propietarios: LUIS BURGOS y MAGDALENA DEMETRIA VELÁSQUEZ.
  11. j) Lote 20 B de la Manzana E., Padrón A-47371, Propietarios: PASTOR JUAN ORDÓÑEZ y LEOPOLDA VILMA ORDÓÑEZ DE TORRENTES.
  12. k) Lote 20 C de la Manzana E, Padrón A-47372, Propietario ALBERTO MARTÍNEZ.
  13. l) Lote 16 de la Manzana D., Padrón A-3503, Propietario: JUAN DEL CORAZÓN DE JESÚS OZÁN.
  14. ll) Lote 17 de la Manzana D., Padrón A-3530, Propietarios: JOSÉ PRÓSPERO VALDIVIA y CLEOTILDE FARFÁN DE VALDIVIA.
  15. m) Lote 18 de la Manzana D., Padrón A-3528, Propietario: LUIS TOCONÁS.
  16. n) Lote 19 de la Manzana D., Padrón A-3638, Propietario: HUGO ROBERTO MÉNDEZ.

ñ) Lote 20 de la Manzana D., Padrón A-3639, Propietario: CARLOS SANDOVAL.

  1. o) Lote 21 de la Manzana D., Padrón A-3506, Propietarios: ESTANISLAO RODRÍGUEZ y ELENA FLORES DE RODRÍGUEZ.
  2. p) Lote 22 de la Manzana D., Padrón A-3640, Propietario: JACINTA FLORES DE DOMÍNGUEZ
  3. q) Lote 23 de la Manzana D., Padrón A-3515, Propietario: CRESENCIA SEGURA DE BLANCO
  4. r) Lote 24 de la Manzana D, Padrón A-3518, Propietario: JUAN JOSÉ GIROTTI.
  5. rr) Lote 13 de la Manzana C., Padrón A-3624, Propietario: ELENA DEL GUINDO ROCHA.
  6. s) Lote 14 de la Manzana C, Padrón A-3625, Propietario: MERÍA HERMINIA BERRUEZO FERNÁNDEZ DE SERNA.
  7. t) Lote 15 de la Manzana C, Padrón A-3626, Propietario: NELSON DAVID SUÁREZ.
  8. u) Lote 14 de la Manzana B, Padrón A-3600, Propietarios: ANGÉLICA GARCÍA DE GÓMEZ, ASUNCIÓN ANGELA GÓMEZ, CARMEN GOMEZ, MERCEDES IRENE GÓMEZ y ROSARIO INÉS GÓMEZ.
  9. v) Lotes 15a., 15b., 15c., y 15e., de la Manzana B, Padrones A-3601; 41278; 41279 y 41281, Propietarios: JULIO RAÚL VAN CAESTER, ELÍAS RAMÓN JENEFES, SERGIO MARCELO JENEFES y GUILLERMO RAÚL JENEFES.
  10. w) Lote 15d. de la Manzana B, Padrón A-41280, Propietario: MARÍA SIVILA.
  11. x) Lote 14a de la Manzana A., Padrón A-3571, Propietario: MANUEL ANTONIO DÁVILA.
  12. y) Lote 14b. de la Manzana A, Padrón A-7265, Propietario: MARIO RAIMUNDO BUSIGNANI.
  13. z) Lote 15 de la Manzana A., Padrón A-3572, Propietario: RAMÓN ORLANDO ARAGÓN.

 

ARTICULO 2º.- La expropiación de las fracciones de terreno de referencia será efectuado por la MUNICIPALIDAD DE LA CAPITAL de conformidad con las disposiciones de los artículos 3º; 5º; 6º y concordantes de la Ley Nº 3018/73 de Expropiación General, modificada por las Leyes Nº 3084/73 y Nº 3886/82 y artículo 220º de la Ley 3198/1975 Orgánica de Municipios.

 

ARTICULO 3º.- Comuníquese, publíquese –en forma integral-, dése al Registro y Boletín Oficial, tomen conocimiento Tribunal de Cuentas, Contaduría General, Dirección General de Inmuebles, Fiscalía de Estado y pase a la Municipalidad e la Capital a sus efectos.-

 

Ing. NESTOR JESÚS ULLOA

Gobernador

 

 

 

 

 

Sancionada 22/08/1983

Publicado en BO Nº 110 de fecha 26/09/1983