LEY Nº 3984
SAN SALVADOR DE JUJUY, 8 de agosto de 1983
EXP. Nº 2781-M-82.-
VISTO:
Lo actuado en el expediente Nº 2781-M-1982, caratulado: “MUNICIPALIDAD DE SAN PEDRO DE JUJUY S/ DESAFECTACIÓN DEL CARÁCTER DE ESPACIO VERDE A LA MANZANA Nº 38–A DEL BARRIO 23 DE AGOSTO DE ESTA CIUDAD”, y el Decreto Nacional Nº 877/80, en ejercicio de las facultades legislativas concedidas por la Junta Militar,
EL GOBERNADOR DE LA PROVINCIA
SANCIONA Y PROMULGA CON FUERZA DE
LEY Nº 3984
ARTICULO 1º.- Escribanía de Gobierno efectuará los trámites correspondientes a fin de lograr la transferencia a nombre del Estado Provincial de una fracción de terreno individualizada como Manzana 38-a con destino a plaza pública, con una superficie neta descontada las ochavas de: 12.519 metros cuadrados, limitando al Nor-este con calle Salta, con una longitud de 109 metros; Al Sud-este con calle Jujuy, con una longitud de 115 metros; Al Sud-oeste con calle Lavalle, con una longitud de 109 metros y al Nor-oeste con calle Tucumán, con una longitud de 115 metros, en un todo de acuerdo al plano de Loteo aprobado por Decreto Nº 8577-H-60, de propiedad de la firma LEACH´S ARGENTINE ESTATES Ltda., con dominio inscripto al Folio 10–Asiento 23- Libro III y al Folio 33 –Asiento 32- Libro 1, ambos de San Pedro de Jujuy.
ARTICULO 2º.- Desaféctase de Plaza Pública al inmueble descripto en el artículo anterior, para ser destinado a edificio público.
ARTICULO 3º.- Dónase a la Dirección Nacional de Enseñanza Media, el predio que por el artículo 1º ingresa al Estado Provincial, con destino a la construcción del edificio de la Escuela Nacional de Comercio “Dr. José Ingenieros”.
ARTICULO 4º.- El cargo especificado en el artículo anterior deberá ser cumplido dentro del término de tres (3) años contados a partir de la fecha de la presente ley, reservándose el Estado Provincial, la facultad de dejar sin efecto la doctrina dispuesta en caso de incumplimiento del mismo.
ARTICULO 5º.- Cúmplase, comuníquese, publíquese íntegramente, dése al Registro y Boletín Oficial, pase a conocimiento del Tribunal de Cuentas, Contaduría General y, Escribanía de Gobierno.-
Ing. NESTOR JESÚS ULLOA
Gobernador
Sancionada 08/08/1983
Publicado en BO Nº 102 de fecha 07/09/1983