LEY Nº 3940
SAN SALVADOR DE JUJUY, 30 de marzo de 1983
EXP. Nº 357-C-83.-
VISTO:
La autorización concedida mediante Resolución Nº 360 del 24/9/1982 del señor Ministro del Interior para modificar el Presupuesto General de Gastos y Cálculo de Recursos del Ejercicio 1982, y el Decreto Nacional Nº 877/80, en ejercicio de las facultades conferidas por la Junta Militar,
EL GOBERNADOR DE LA PROVINCIA
SANCIONA Y PROMULGA CON FUERZA DE
LEY Nº 3940
ARTICULO 1º.- Modifícase el Presupuesto General de Gastos y Financiamiento de la Administración Pública Provincial establecido por Ley Número 3867/82, de acuerdo al detalle que se especifica en los artículos siguientes.
ARTICULO 2º.- Increméntase el Cálculo de Recursos determinado en el artículo 2º de la Ley Nº 3867/82, como se indica a continuación:
TOTAL 124.931.000.000.-
I– RECURSOS CORRIENTES 124.931.000.000.-
1–1 De Jurisdicción Provincial 113.000.000.000.-
1–1–1 Tributarios 56.000.000.000.-
1– Impuesto a las Activ. Comerciales 50.000.000.000.-
1– Impuesto s/los Ingresos Brutos 50.000.000.000.-
2– Impuesto sobre el Patrimonio 3.000.000.000.-
1- Inmobiliario 3.000.000.000.-
3– Impuesto a los Actos Jurídicos 3.000.000.000.-
1– Impuesto de Sellos 3.000.000.000.-
1–1–2 No Tributarios 57.000.000.000.-
4– Otros 57.000.000.000.-
6– Eventuales 3.000.000.000.-
8– Derecho Minero 54.000.000.000.-
1–2 De Jurisdicción Nacional 11.931.000.000.-
1–2–4 Aportes a las Cajas de Previsión 11.931.000.000.-
ARTICULO 3º.- Increméntase el Presupuesto General de gastos de la Administración Pública Provincial como se determina a continuación:
CONCEPTO IMPORTE
TOTAL 124.931.000.000.-
JURISDICCIÓN “C” MINISTRO DE ECONOMÍA
- de O. : 3 Secretaría de Estado de Obras y Servicios Públicos
Fin. Y Func.: 7–13 Desarrollo de la Economía
(Desarrollo de la Economía sinDiscriminar)
Sección: 2 EROGACIONES DE CAPITAL 113.000.000.000.-
Sector: 5 INVERSIÓN REAL 113.000.000.000.-
Part. Ppal.: 8 TRABAJOS PÚBLICOS 113.000.000.000.-
Part. Pcial.: 1 Con Rentas Generales 113.000.000.000.-
Part. Sub. Pcial 3 Obras a Determinar por el
Poder Ejecutivo 113.000.000.000.-
SUB – TOTAL 113.000.000.000.-
JURISDICCIÓN: “I” OBLIGACIONES A CARGO DEL TESORO
Fin. Y Func.: 4-1 Bienestar Social (Seguridad Social)
Sección: 1 EROGACIONES CORRIENTES 11.931.000.000.-
Sector : 3 TRANSFERENCIAS 11.931.000.000.-
Part. Ppal.: 4 TRANSFERENCIAS PARA FINANCIAR
EROGACIONES CORRIENTES 11.931.000.000.-
Part. Pcial.: 3 Otros Aportes a Entes del Gobierno Provincial 11.931.000.000.-
3 Aportes a la Caja de Previsión 11.931.000.000.-
SUB – TOTAL 11.931.000.000.-
TOTAL 124.931.000.000.-
ARTICULO 4º.- Modifícase el Artículo 16 de la Ley 3867/82 el que quedará redactado como sigue:
“Artículo 16.- Fíjase en la suma de DOSCIENTOS TREINTA Y UN MIL CUATROCIENTOS TREINTA Y NUEVE MILLONES CIENTO TREINTA Y CUATRO MIL OCHOCIENTOS TREINTA Y NUEVE PESOS ( $ 231.439.134.839.-) el importe a ingresar en concepto de Fondo Especial del Tabaco el que será destinado al pago correspondiente a las disposiciones de la Ley Nacional del Tabaco Nº 19800 y demás normas complementarias, valor éste que ingresará a la Tesorería General bajo la denominación de “FONDO ESPECIAL DEL TABACO” y egresará con imputación a la Jurisdicción “C” Ministerio de Economía, Unidad de Organización 5, Secretaría de Estado de Agricultura y Ganadería, Fondo Especial del Tabaco”.
ARTICULO 5º.- Comuníquese, publíquese –en forma integral-, dése al Registro y Boletín Oficial, tomen conocimiento Tribunal de Cuentas, Contaduría General y archívese.-
Ing. Agr. CARLOS ARTURO ZENARRUZA
Ministro de Economía
Ing. NESTOR JESÚS ULLOA
Gobernador
RICARDO DRAZER
Ministro de Bienestar Social
Dr. MARTÍN D. JORGE
Ministro de Gobierno
Justicia y Educación
Sancionada 30/03/1983
Publicado en BO Nº 69 de fecha 17/06/1983