LEY Nº 3929

SAN SALVADOR DE JUJUY, 28 de febrero de 1983

EXP. Nº 20-U-1982.-

VISTO:

Lo actuado en este expediente Nº 20-U-82, caratulado: “UNIVERSIDAD NACIONAL DE JUJUY. S/ CESIÓN DEFINITIVA DEL LOTE 14 DE LA MAZANA 44 DE ESTA CIUDAD QUE OCUPA LA FACULTAD DE CIENCIAS ECONÓMICAS”, y el Decreto Nacional Nº 877/80, en ejercicio de las facultades legislativas concedidas por la Junta Militar,

EL GOBERNADOR DE LA PROVINCIA

SANCIONA Y PROMULGA CON FUERZA DE

LEY Nº 3929

 ARTICULO 1º.- Transfiérase en donación a nombre de la UNIVERSIDAD NACIONAL DE JUJUY, con destino a la Facultad de Ciencias Económicas, el inmueble fiscal –terreno y edificación- individualizado como Lote 14 de la Manzana 44, Padrón A-680, ubicado en esta ciudad capital, que abarca una superficie neta de 700,76 m2, según plano de mensura aprobado por Resolución Nº 288/1982 de la Dirección General de Inmuebles.

ARTICULO 2º.- Déjase expresamente establecido que la donación dispuesta por la presente ley lo es con el cargo de que en el referido inmueble funcionen las dependencias de la Facultad de Ciencias Económicas de la Universidad Nacional de Jujuy.

ARTICULO 3º.- La escritura traslativa de dominio se otorgará por ante la Escribanía de Gobierno con expresa constancia del cargo impuesto por el artículo anterior.

ARTICULO 4º.- Comuníquese, publíquese –en forma integral-, dése al registro y Boletín Oficial, tomen conocimiento Tribunal de Cuentas, Contaduría General y pase a Escribanía de Gobierno a sus efectos.

 

Ing. Agr. CARLOS ARTURO ZENARRUZA

Ministro de Economía

 

Ing. NESTOR JESÚS ULLOA

Gobernador

 

RICARDO DRAZER

Ministro de Bienestar Social

Dr. MARTÍN D. JORGE

 

Ministro de Gobierno

Justicia y Educación

 

 

Sancionada 28/02/1983

Publicado en BO Nº 45 de fecha 20/04/1983