BOLETÍN OFICIAL Nº 83 – 21/07/17

CONCEJO COMUNAL DE YALA

ORDENANZA Nº 99 CONCEJO COMUNAL YALA-2017.-

DECLARACION DE UTILIDAD PÚBLICA

VISTO:

Que la Comisión Municipal de Yala carece de inmuebles de su propiedad, teniendo actualmente sus oficinas administrativas en un terreno de Vialidad de la Nación en calidad de préstamo precario, el cual puede ser revocado sin expresión de causa.

Con anterioridad a la firma del mencionado convenio con Vialidad de la Nación, la Comisión Municipal alquilaba inmuebles para sus oficinas, lo cual endeudó gravemente la comuna quien tuvo que pagar un cuantioso juicio en el Expte B-080060/01, caratulado: Ejecutivo por Cobro de Alquileres: EDUARDO URIONDO TOCHON C/ COMISION MUNICIPAL DE YALA, radicado en el Juzgado de Primera Instancia Civil y Comercial N° 7 Secretaría 14) con el detrimento que ello implica para todos los habitantes ya que tales montos podrían haber sido utilizados para la ejecución de obras u otras necesidades de los vecinos.

CONSIDERANDO:

Por ello, resulta urgente poder contar con inmuebles de propiedad de la Comisión Municipal, para poder tener oficinas administrativas, depósitos y otras actividades de la comuna.

En este sentido, en una fracción del  inmueble padrón A- 27995 lote 207-D Matricula 50931 ubicado en San Pablo de Reyes, la comuna viene utilizando hace años como depósito y bloquera comunitaria.

Este terreno, tiene como titular registral de dominio a Sánchez de Bustamante y cia. Comandita por acciones.

Es por ello, que sin perjuicio de la posesión, dicho inmueble no cumple los requisitos para acceder a programas Nacionales de financiamiento, tales como “Manos a la obra” “Programa de Desarrollo Local (ex Mi pueblo)” y otros, ya que todos ellos exigen como condicionante acreditar la titularidad dominial del inmueble.

Por ello, en el 2016 la Comisión Municipal no pudo ingresar en el programa “Manos a la Obra” para hacer ampliación de las oficinas en San Pablo de Reyes, dado el carácter de “préstamo precario” del convenio con Vialidad de la Nación.

En igual sentido, en la anterior gestión del Dr. Facundo Vargas Duran se gestionó un proyecto para adquirir una bloquera industrial en el Ministerio del Interior de la Nación, el cual no llego a concluirse.

Para reflotar dicho proyecto, resulta de utilidad pública la expropiación de la fracción de terreno para volver a abrir una bloquera comunitaria administrada por la Comisión Municipal.

Además de ello, es de utilidad pública la construcción y ampliación de más oficinas administrativas y depósitos, ya que de lo contrario la comuna debería alquilar inmuebles y será altamente oneroso.

Por ello de conformidad con las potestades otorgadas por el Art. 190 Inc. 11 de la Constitución Provincial; el Art. 199 de la Ley N° 4466 y la Ley de Expropiaciones de la Provincia.

Por ello el Concejo Comunal de Yala sanciona la presente Ordenanza:

EL CONCEJO COMUNAL DE YALA

ORDENA:

ARTÍCULO 1º: Declárese de utilidad pública y sujeto a expropiación la fracción individualizada en el plano adjunto del inmueble padrón A- 27995 lote 207-D Matricula 50931 ubicado en San Pablo de Reyes.-.

ARTÍCULO 2º: Realizar la traslación de dominio a favor de la Comisión Municipal de Yala, para la construcción de oficinas administrativas, un depósito y una bloquera.-

ARTÍCULO 3º: Facultar al Departamento Ejecutivo para la realización de las mensuras y el plano definitivo, autorizando a ampliar o reducir hasta 20 metros de cada lado la fracción del inmueble individualizado.-

ARTÍCULO 4º: La indemnización se afrontara con la ordenanza general de presupuesto afectando la recaudación del impuesto automotor municipal

ARTICULO 5º: Instruir al Departamento Ejecutivo para hacer la  Expropiación de Urgencia.

ARTÍCULO 6º: Publíquese en el Boletín Oficial.-

Sala de sesiones, a los 19 días del mes de junio de 2017.-

 

Dr. Santiago Tizón

Presidente-Comisión Municipal de Yala

 

21 JUL. S/C.-