BOLETÍN OFICIAL Nº 21 – 22/02/13
EXPTE. Nº 716-872/12.-
SAN SALVADOR DE JUJUY, 05 DIC. 2012.-
EL GOBERNADOR DE LA PROVINCIA
DECRETA
ARTICULO 1º.- Imprimase a la presentación de fs. 01, el trámite de reclamación administrativa previa, de conformidad a lo expresado en el exordio.-
ARTICULO 2º.- Como consecuencia de lo dispuesto en el artículo precedente, rechazase por improcedente la reclamación administrativa previa interpuesta por el Dr. Aníbal Massaccesi, en su carácter de Apoderado Legal de la Sra. María Luisa Churquina Medina, D.N.I. Nº 92.702.052, por las razones invocadas en el exordio.-
EDUARDO ALFREDO FELLNER
GOBERNADOR