LEY N° 5535

LA LEGISLATURA DE JUJUY SANCIONA CON FUERZA DE

LEY N° 5535

“DE AUTORIZACIÓN AL PODER EJECUTIVO PROVINCIAL PARA CELEBRAR UN COMODATO DE BIEN INMUEBLE CON EL CLUB ATLÉTICO TALLERES DE CIUDAD PERICO”
ARTICULO 1°: Autorízase al Poder Ejecutivo Provincial a ceder en Comodato al Club Atlético Talleres de la Ciudad de Perico, mientras permanezca como asociación sin fines de lucro, un inmueble de cinco (5) hectáreas que deberán desagregarse del Padrón B-8986, Matrícula B-8370, Lote 570, sector 4, circunscripción 2, Sección 7 de dominio del Estado Provincial Finca El Pongo, según consta de la Dirección General de Inmuebles.
ARTICULO 2°: La autorización prevista en el artículo anterior es a los efectos de que el Club Atlético Talleres radique en el predio indicado, un centro deportivo integral.
ARTICULO 3°: El Club Atlético Talleres deberá realizar el cerramiento perimetral y todas las construcciones necesarias a fin de hacer efectivo el objeto de Comodato que por este acto se autoriza, sin que ello implique obligación alguna del Estado Provincial de reconocimiento de gastos e inversiones.
ARTICULO 4°: El Estado Provincial deberá, previo a la suscripción del Contrato de Comodato, requerir el Plan de Obras y plazo de ejecución del mismo y queda autorizado a realizar los controles que considere pertinente a través de los organismos que determine.-
ARTICULO 5°: Comuníquese al Poder Ejecutivo Provincial.-

 

 

SALA DE SESIONES, SAN SALVADOR DE JUJUY, 26 de Octubre de 2006.

Dr. ALBERTO MIGUEL MATUK
Secretario Parlamentario
Legislatura de Jujuy

 

DR. WALTER B. BARRIONUEVO
Presidente
Legislatura de Jujuy

EXPTE. N° 200-419/2006.
CORRESP. A LEY N° 5535.
SAN SALVADOR DE JUJUY, 16 NOV. 2006.
Téngase por LEY de la Provincia, cúmplase, comuníquese, publíquese íntegramente, dése al Registro y Boletín Oficial, tome razón Fiscalía de Estado, pase al Tribunal de Cuentas, Contaduría de la Provincia, Ministerio de Hacienda y Ministerio de Infraestructura y Planificación para su conocimiento y oportunamente, ARCHÍVESE.

Dr. EDUARDO ALFREDO FELLNER
GOBERNADOR
Sancionada 26/10/2006
Publicado en BO Nº 133 de fecha 27/11/2006