BOLETÍN OFICIAL Nº 23 – 27/02/13
EXPTE. N° 0412-801/2010.-
SAN SALVADOR DE Jujuy, 18 DIC. 2012.-
EL GOBERNADOR DE LA PROVINCIA
DECRETA:
ARTÍCULO 1º: Aplícase, a partir de la fecha de notificación del presente Decreto, la sanción disciplinaria de CESANTÍA en contra del Agente de Policía de la Provincia, EDUARDO JOEL LLAMPA, DNI Nº 32.259.535, Legajo 15.500, por infracción al Articulo 15º, incs. a) y z) del Reglamento del Régimen Disciplinario Policial (RRDP), agravado por el Articulo 40º, incs. f) y g) del mismo cuerpo legal, concordante con los Artículos 186º, incs. 8) y 9), 187º, inc.1) y 189º, inc. 13) del Reglamento de la Ley Orgánica Policial (RLOP).-
EDUARDO ALFREDO FELLNER
Gobernador