LEY Nº 5525

LA LEGISLATUAR DE JUJUY SANCIONA CON FUERZA DE

LEY Nº 5525

ARTÍCULO 1°.- Apruébase el Decreto Nº 4401-PI-05 mediante el cual se instrumenta el convenio Marco del “Programa Federal Plurianual de Construcción de Viviendas” suscripto el 11 de agosto de 2005 en la ciudad de Buenos Aires, con la intervención del Ministerio de Planificación Federal, Inversión Pública y Servicios, representado por el señor Ministro Arq. Julio Miguel de Vido, por una parte, y por la otra, diferentes Jurisdicciones Provinciales entre las que se encuentra la Provincia de Jujuy, representada por el señor Gobernador, Dr. Eduardo Alfredo Fellner, a los fines y efectos enunciados en los considerandos del presente instrumento.

ARTÍCULO 2°.– Comuníquese al Poder Ejecutivo Provincial.

SALA DE SESIONES, SAN SALVADOR DE JUJUY, 21 de septiembre de 2006.-

Dr. ALBERTO MIGUEL MATUK
Secretario Parlamentario
LEGISLATURA DE JUJUY

DR. WALTER B. BARRIONUEVO
Presidente
LEGISLATURA DE JUJUY