BOLETÍN OFICIAL Nº 25 – 04/03/13
EXPTE. N° 716-972/12 y Agdos. Nº 716-1007/12, Nº 728-219/12.-
SAN SALVADOR DE Jujuy, 30 ENE. 2013.-
EL GOBERNADOR DE LA PROVINCIA
DECRETA:
ARTÍCULO 1º: Imprimase a las presentaciones efectuadas por el Dr. Anibal Massaccessi, en los Expedientes Nº 716-972/12, Nº 716-1007/12 y Nº 728-219/12, en su carácter de Apoderado Legal de los Sres. PETRONA AMELIA ARIAS, d.n.i. nº 05.917.215 y JESUS AMELIA ZUBIETA, D.N.I. Nº 10.616.130 y LUCIA VILCA TOLABA, D.N.I. Nº 6.148.826, el trámite de reclamación administrativa previa, de conformidad a lo expresado en el exordio.-
ARTÍCULO 2º: Como consecuencia de lo dispuesto en el articulo precedente, rechazase por improcedentes las reclamaciones administrativas previas interpuestas por el Dr. Aníbal Massaccesi, en su carácter de Apoderado Legal de los Sres. PETRONA AMELIA ARIAS, d.n.i. nº 05.917.215 y JESUS AMELIA ZUBIETA, D.N.I. Nº 10.616.130 y LUCIA VILCA TOLABA, D.N.I. Nº 6.148.826, por las razones invocadas en el exordio.-
EDUARDO ALFREDO FELLNER
Gobernador