LEY Nº 5516

LA LEGISLATURA DE JUJUY SANCIONA CON FUERZA DE

LEY Nº 5516

ARTICULO 1.– Establécese el 20 de Julio como Día Provincial de los Derechos Humanos en la Provincia de Jujuy.-
ARTICULO 2.– La fecha deberá ser incorporada al calendario escolar , debiéndose realizar actos en las unidades educativas de todos los niveles, con el propósito de fortalecer el apego a los derechos humanos y a la democracia. Asimismo, “El Apagón de Ledesma “ deberá convertirse en oportunidad para abordar los derechos humanos como contenidos disciplinares y transversales.
ARTICULO 3.– Comuníquese al Poder Ejecutivo Provincial.-

SALA DE SESIONES, SAN SALVADOR DE JUJUY, 27 de julio de 2006.-

 

Dr. ALBERTO MIGUEL MATUK
Secretario Parlamentario
Legislatura de Jujuy

Dr. WALTER B. BARRIONUEVO
Presidente
Legislatura de Jujuy.

PODER EJECUTIVO DE LA PROVINCIA DE JUJUY
EXPTE Nº 200-257/2006.-
CORRESP. A LEY Nº 5516.-
SAN SALVADOR DE JUJUY, 14 AGO. 2006.-

Téngase por LEY de la Provincia, cúmplase, comuníquese, publíquese íntegramente, dése al Registro y Boletín Oficial, tome razón Fiscalía de Estado, pase al Tribunal de Cuentas, Contaduría de la Provincia, Ministerio de Gobierno, Justicia y Educación, Ministerio de Hacienda, Ministerio de Salud, Ministerio de Desarrollo Social, Ministerio de Infraestructura y Planificación y Ministerio de la Producción y Medio Ambiente para su conocimiento y oportunamente, ARCHÍVESE.-

DR. EDUARDO ALFREDO FELLNER
GOBERNADOR

Sancionada 27/07/2006
Publicado en BO Nº 94 de fecha 25/08/2006