LEY Nº 5507

LA LEGISLATURA DE JUJUY SANCIONA CON FUERZA DE

LEY Nº 5507 (VETADA) 

ARTÍCULO 1º.- Impónese el nombre de “GOBERNADOR DR. ROBERTO RUBEN DOMÍNGUEZ”, a la Escuela Provincial identificada con el N° 455, ubicada en el Barrio ADEP de Alto Comedero, que fuera creada por Decreto N° 5319 de fecha 20 de abril de 2006, por la calidades personales que en vida demostrara en forma altiva, el citado profesional.
ARTÍCULO 2.– Comuníquese al Poder Ejecutivo Provincial y remítase copia de la presente a los familiares del extinto Ex – Gobernador de la Provincia.-

SALA DE SESIONES, SAN SALVADOR DE JUJUY, 11 de mayo de 2006.-

 

Dr. ALBERTO MIGUEL MATUK
Secretario Parlamentario
LEGISLATURA DE JUJUY

Dr. WALTER B. BARRIONUEVO
Presidente
LEGISLATURA DE JUJUY

DECRETO Nº5596- G-
EXPTE Nº0200-111-2006-
SAN SALVADOR DE JUJUY, 30 MAYO 2006-

VISTO: El Proyecto de Ley Nº5507, sancionado por la Legislatura de la Provincia en su 6ta.Sesión Ordinaria de fecha 11 de Mayo de 2006, y comunicada al Poder Ejecutivo en fecha 15 de Mayo de 2006,

EL GOBERNADOR DE LA PROVINCIA
DECRETA:

ARTICULO 1º.- Vétase el proyecto de Ley Nº5507, sancionada por la Legislatura de la Provincia en su 6ta. Sesión Ordinaria de fecha 11 de Mayo de 2006, y comunicada la Poder Ejecutivo en fecha 15 de Mayo de 2006, a tenor de los argumentos vertidos en el exordio.
ARTICULO 2º.– Por Secretaria General de la Gobernación comuníquese a la Legislatura de la Provincia, con remisión de copia auténtica.-

DR. EDUARDO ALFREDO FELLNER
GOBERNADOR
Sancionada 11/05/2006
Publicado en BO Nº 74 de fecha 05/07/2006