BOLETÍN OFICIAL Nº 29 – 13/03/13

Icon_PDF_6DECRETO Nº 1727-IPySP.- 

EXP. Nº 600-905/09.-

SAN SALVADOR DE JUJUY, 27 DIC. 2012

VISTO:

El CONVENIO SUBSIDIARIO suscripto entre la Secretaría de Política Económica del Ministerio de Economía y Finanzas Públicas de la Nación, representada por el señor Secretario, Dr. Martín Pablo ABELES, por una parte, y por la otra, la Secretaría de Planificación del Gobierno de la Provincia, representada por la señora Secretaria, Ing. Mónica Matilde BOERO, con el propósito de acordar el financiamiento del Estudio 1.EE.438 “PAVIMENTACIÓN RUTA PROVINCIAL Nº 4 EMPALME RUTA NACIONAL Nº 9. EMPALME RUTA NACIONAL Nº 9 YALA”, y

CONSIDERANDO:

Que conforme términos del Convenio Subsidiario agregado a fs. 66/71, y Anexos I (fs. 73), II (fs. 75/117) y III (fs. 118) que integran el mismo, para la ejecución del Programa Multisectorial de Preinversión III, la República Argentina y el Banco Interamericano de Desarrollo celebraron con fecha 06/11/2007 Contrato de Préstamo Nº 1896/OC-AR por el cual la Secretaría de Política Económica de la Nación, a través de la Unidad de Preinversión (UNPRE), acuerda otorgar a la Secretaría de Planificación de la Provincia, recursos provenientes del Programa Multisectorial de Preinversión III para ser utilizados en su totalidad a la ejecución de la obra “PAVIMENTACIÓN RUTA PROVINCIAL Nº 4 EMPALME RUTA NACIONAL Nº 9 – EMPALME RUTA NACIONAL Nº 9 YALA”, cuya solicitud de financiación fue presentada por la  Entidad Financiera oportunamente.

Que según la Cláusula Segunda del convenio de mención, se determina el costo total del Estudio 1.EE.438 en la suma de Pesos Un Millón Ciento Cuarenta y Cinco Mil ($ 1.145.000,00), correspondiendo la suma de $ 920.000,00 al financiamiento aportado por el Programa Multisectorial de Preinversión III, y la suma de $ 225.000,00 al financiamiento aportado por la Provincia en concepto de contrapartida local.

Que atento a las obligaciones asumidas por la Provincia en el Convenio Subsidiario oportunamente celebrado, a fs. 470 el Dpto Contable del Ministerio de Infraestructura y Planificación agrega informe de partida presupuestaria a la que se imputará el presente compromiso, siendo la misma ratificada por la Dirección Provincial de Presupuesto a fs. 472 y Contaduría de la Provincia a fs. 474, manifestando que la misma cuenta con saldo suficiente para afrontar el gasto de referencia.

Que según dictamen del señor Asesor Legal de Fiscalía de Estado (fs. 469), corresponde dar continuidad al trámite de aprobación del Convenio Subsidiario en cuestión, y remitir el mismo a la Legislatura de la Provincia conforme a lo normado por los Arts. 3º inciso 2) y 137º inciso 7) de la Constitución Provincial. Dicha opinión es compartida por la Coordinación del Dpto. Asuntos Legales de Fiscalía de Estado.

Por ello,

EL GOBERNADOR DE LA PROVINCIA

DECRETA:

ARTICULO 1º.- Ratificase en todas sus partes el CONVENIO SUBSIDIARIO obrante a fs. 66/71 y los Anexos que integran el mismo (fs. 73/118), suscripto en la ciudad de Buenos Aires, entre la SECRETARÍA DE POLÍTICA ECONÓMICA del MINISTERIO DE ECONOMÍA Y FINANZAS PÚBLICAS DE LA NACIÓN, representada por el señor Secretario Dr. Martín Pablo ABELES, por una parte, y por la otra, la SECRETARIA DE PLANIFICACIÓN DEL GOBIERNO DE LA PROVINCIA DE JUJUY, representada por la ex Secretaria Ing. MÓNICA MATILDE BOERO, a los fines y efectos enunciados  en los considerandos del presente instrumento.-

ARTICULO 2º.-   La erogación que demande el cumplimiento del Convenio aprobado por el artículo 1º, se atenderá con la partida:

EJERCICIO 2012:

JURISDICCIÓN:  “T” MINISTERIO DE INFRAEST., PLANIFICACIÓN Y SERVICIOS PÚBLICOS

U DE O.: 1   MINISTERIO

FINALIDAD:          4   BIENESTAR SOCIAL

FUNCIÓN:              2   VIVIENDA Y URBANISMO

SECCIÓN:               2   EROGACIONES DE CAPITAL

SECTOR:                 5   INVERSIÓN REAL

Part. Ppal.:                8   TRABAJOS PÚBLICOS

Part. Pcial.:               1   TRABAJOS PÚBLICOS-CON RENTAS GENERALES

Part. S.Pcial.:            1 TRABAJOS PÚBLICOS C/RECURSOS DE LA ADM. CENTRAL

Partida:    239 – Planes, Programas y Proyectos…$ 225.000,00.-

ARTÍCULO 3º.- Remítase a Legislatura de la Provincia (Art. 137, inc. 7, Constitución Provincial).-

ARTÍCULO 4º.- Por Escribanía de Gobierno se procederá a la protocolización del Convenio aprobado por este acto.-

ARTICULO 5º.- DE FORMA.-

 

Dr. EDUARDO ALFREDO FELLNER

Gobernador