BOLETÍN OFICIAL Nº 29 – 13/03/13

Icon_PDF_6DECRETO Nº 1715-IPySP.-

EXP. Nº 600-6/2011.-         

SAN SALVADOR DE JUJUY, 20 DIC. 2012

VISTO:

Este expediente iniciado por el entonces Ministerio de Infraestructura y Planificación caratulado: “PRÉSTAMO BID 1896/OC-AR – PROGRAMA MULTISECTORIAL DE PREINVERSIÓN III – ESTUDIO UNPRE 1.EE.474 – REALIZACIÓN DE LA AV. DE CIRCUNVALACIÓN EN LA CIUDAD DE PÁLPALA Y LA VINCULACIÓN DE LA RUTA NACIONAL Nº 66 Y RUTA NACIONAL Nº 9”, y

CONSIDERANDO:

Que obra CONVENIO SUBSIDIARIO-con sus tres Anexos que forman parte del mismo-suscripto oportunamente entre la Secretaría de Política Económica (SPE) del Ministerio de Economía y Finanzas Públicas de la Nación y el Ministerio de Infraestructura y Planificación de la Provincia de Jujuy, para la ejecución del Estudio 1.EE.474 “REALIZACIÓN DE LA AV. DE CIRCUNVALACIÓN EN CIUDAD DE PÁLPALA Y LA VINCULACIÓN DE LA RUTA NACIONAL Nº 66 Y RUTA NACIONAL Nº 9”;

Que en la Cláusula Segunda del Convenio se estipula que el costo del Estudio asciende a la suma de Pesos Doscientos Treinta Mil ($ 230.000,00), correspondiendo la suma de Pesos Ciento Ochenta y Cuatro Mil ($ 184.000,00) al financiamiento aportado por el Programa, y la suma de Pesos Cuarenta y Seis Mil ($ 46.000,00) al financiamiento aportado por la entidad beneficiaria, en el caso, Ministerio de Infraestructura y Planificación de la Provincia.

Que con respecto a los ANEXOS del Convenio, el Anexo I es el Contrato de Préstamo 1896/OC-AR, celebrado entre la República Argentina y el Banco Interamericano de Desarrollo el día 6 de noviembre del año 2007 para cooperar en la ejecución del programa consistente en contribuir a mejorar la rentabilidad de la inversión pública nacional, provincial y municipal, a través de la elaboración de estudios generales y específicos de preinversión y el desarrollo de capacidades para la gestión del ciclo de los proyectos en el ámbito regional y local, mediante la utilización de una Línea de Crédito Condicional establecida en el Convenio de Línea adicional suscripto entre el Banco y el Prestatario (Rep. Argentina), en virtud del cual se firma el Convenio Subsidiario de marras; el Anexo II esta integrado por los Términos de Referencia que contiene todo lo referente a la realización del presente Estudio, y el Anexo III que se refiere a las funciones del Representante Técnico de la Entidad Beneficiaria;

Que Contaduría de la Provincia manifiesta, considerando la intervención de la Dirección Provincial de Presupuesto (fs 515), que la partida indicada, cuenta con saldo disponible para afrontar la erogación que se tramita;

Que Fiscalía de Estado, compartiendo el criterio expuesto por la Asesoría Letrada del Ministerio de Infraestructura y Planificación, entiende que el Convenio Nación – Provincia debe ser aprobado por el Poder Ejecutivo de la Provincia y por la Legislatura Provincial.

Por ello;

EL GOBERNADOR DE LA PROVINCIA

DECRETA

ARTICULO 1º.-   Ratificase en todas sus partes el CONVENIO SUBSIDIARIO –con sus tres Anexos que forman parte del mismo- celebrado en la ciudad de Buenos Aires en fecha 07 de julio del año 2010, entre la Secretaría de Política Económica (SPE) del Ministerio de Economía y Finanzas Públicas de la Nación, representada en este acto por el señor Secretario, CPN Roberto José FELETTI, por una parte; y por la otra, el entonces Ministerio de Infraestructura y Planificación de la Provincia de Jujuy (actual Ministerio de Infraestructura, Planificación y Servicios Públicos de la Provincia de Jujuy), representado por la Ing. Mónica Matilde BOERO, en su carácter de Secretaria de Planificación, a los fines y efectos enunciados en los considerandos del presente instrumento.-

ARTICULO 2º.-   La erogación que demande el cumplimiento del Convenio aprobado    por el artículo anterior, será afrontada con la partida:

EJERCICIO 2012

JURISDICCIÓN T MINISTERIO DE INFRAESTRUCTURA, PLANIFICACIÓN Y SERVICIOS PÚBLICOS

U de O. 1   Ministerio

FINALIDAD   4   BIENESTAR SOCIAL

FUNCIÓN       2   Vivienda y Urbanismo

Sección            2   EROGACIONES DE CAPITAL

Sector               5   INVERSIÓN REAL

Part. P.Pal.       8 TRABAJOS PÚBLICOS

Part. Pcial.       1 TRABAJOS PÚBLICOS-CON RENTAS GENERALES

Part. Sub-Pcial. 1 TRABAJOS PÚBLICOS – C/RECURSOS DE LA ADM. CENTRAL

Part.S.S.-Pcial. 239 Planes, Programas y Proyectos…$ 46.000,oo

ARTICULO 3º.-   Remítase a la Legislatura de la Provincia (Art. 137, inc 7, Constitución Provincial).-

ARTICULO 4º.-   Por Escribanía de Gobierno se procederá a la protocolización del Convenio Subsidiario aprobado por este acto (artículo 1º).-

ARTICULO 5º.-  DE FORMA.-

 

EDUARDO ALFREDO FELLNER

GOBERNADOR