BOLETÍN OFICIAL Nº 31 – 18/03/13

Icon_PDF_6DECRETO Nº 520/2012.-

Perico, 03 de Diciembre de 2012.-

VISTO:

La Ordenanza Nº 957/2012, Ref. “ADHESIÓN A LA LEY PROVINCIAL Nº 5732 HABILITAR EL SUFRAGIO A PARTIR DE LOS 16 AÑOS”, sancionada por el Concejo Deliberante de Perico en fecha 22/11/12, e ingresada a la Municipalidad de Perico el día 29/11/12, y;

CONSIDERANDO:

Que, es atribución del Departamento Ejecutivo la promulgación de la Ordenanza de referencia, conforme al Art. 67 inc. 2 de la carta Orgánica Municipal;

Por ello y es uso de las facultades que les son propias al titular del Ejecutivo Municipal;

EL INTENDENTE DE LA MUNICIPALIDAD DE PERICO

DECRETA

ARTÍCULO 1º: PROMULGASE a partir de la fecha la Ordenanza Nº 957/2012, Ref. “ADHESIÓN A LA LEY PROVINCIAL Nº 5732” “HABILITAR EL SUFRAGIO A PARTIR DE LOS 16 AÑOS” en todos sus términos, por los motivos vertidos en considerandos del presente.

ARTÍCULO 2º: Pase a las Secretarías de Gobierno, Hacienda, Obras y Servicios Públicos y Planificación, para su conocimiento y demás efectos. Cumplido. ARCHÍVESE

 

Ing. Rolando Pascual Ficoseco

Intendente

Municipalidad de Perico

18 MAR./13  LIQ. Nº 108929 $ 35.00