BOLETÍN OFICIAL Nº 82 – 19/07/17
El Dr. Juan Pablo Calderón, Juez en lo Civil y Comercial Nº 1 Secretaría Nº en el Expte. Nº C-069.242/16, caratulado: Ejecutivo: “Heredia, Eva Gladis c/ Azua, Ana María Noemí, procede a notificar el siguiente proveído: “San Salvador de Jujuy, 12 de Agosto de 2016.- 1.- Téngase por presentado al Dr. José Arturo Poklepovic en nombre y representación de la Sra. Eva Gladis Heredia, a merito de copia de Poder Gral. Para Juicios que acompaña. Por constituido domicilio. 2.- Asimismo, atento a lo solicitado y de conformidad a lo previsto por los Arts. 472, 478 y 480 del C.P.C., líbrese mandamiento de pago, ejecución y embargo en contra de Ana María Noemí Azua, D.N.I. Nº 12.826.190 por la suma de Pesos Doce Mil Quinientos ($12.500,00) con más la suma de Pesos Tres Mil Setecientos Cincuenta ($3.750,00) presupuestada para acrecidas y costas del presente juicio. En defecto de pago trábese embargo sobre bienes de propiedad del demandado hasta cubrir ambas cantidades, designando depositario judicial al propio afectado y/o persona de responsabilidad y arraigo, con las prevenciones y formalidades de ley. Asimismo requiérase la manifestación sobre si los bienes embargados registran algún gravamen y en su caso exprese monto, nombre y domicilio del o los acreedores y cíteselo de remate para que oponga excepciones legítimas si las tuviere dentro del término de cinco días, en este Juzgado de Primera Instancia en lo Civil y Comercial Nº 1, Secretaria Nº 2, bajo apercibimiento de mandar llevar adelante la ejecución. 3.-Córrasele traslado del pedido de intereses con las copias respectivas, por igual plazo que el antes expresado, bajo apercibimiento de lo que por derecho hubiere lugar. 4.-Por el mismo término intimase a constituir domicilio legal dentro del radio de tres kilómetros del asiento de este Juzgado, bajo apercibimiento de lo dispuesto en el art. 52 del ítem. 5.- Comisionase al Señor Oficial de Justicia que corresponda, para el diligenciamiento de la medida, con las prevenciones y formalidades de ley.- A tal fin publíquese edictos en un Diario local y en el Boletín Oficial tres veces por cinco días. Fdo.: Dr. Juan Pablo Calderón, Juez – Ante mi: Dra. María de los Ángeles Meyer, Secretaria Habilitada.-
14/17/19 JUL. LIQ. Nº 10722 $360,00.-