LEY Nº 5458
LA LEGISLATURA DE JUJUY SANCIONA CON FUERZA DE
LEY Nº 5458
ARTICULO 1º.- Apruébase el Convenio celebrado entre el Ministerio de Desarrollo Social de la Nación a través de la Secretaría de Políticas y Desarrollo Humano y la Corporación para el Desarrollo de la Cuenca de Pozuelos (CO.DE.PO.), a los fines de financiar el Proyecto “Instalación de la Planta Procesadora de Lana y Fibra” en el marco del Plan Nacional de desarrollo local y economía social “manos a la obra”.
ARTICULO 2º.- Comuníquese al Poder Ejecutivo Provincial.-
SALA DE SESIONES, SAN SALVADOR DE JUJUY, 12 de mayo de 2005.-
Dr. WALTER B. BARRIONUEVO
Presidente
Legislatura de Jujuy
Dr. ALBERTO MIGUEL MATUK
Secretario Parlamentario
Legislatura de Jujuy
PODER EJECUTIVO DE LA PROVINCIA DE JUJUY
EXPTE. Nº 0200-534/2005.-
CORRESP. A LEY Nº 5458.-
SAN SALVADOR DE JUJUY, -3 JUN. 2005
Téngase por LEY de la Provincia, cúmplase, comuníquese, publíquese íntegramente, tome razón Fiscalía de Estado, dése al Registro y Boletín Oficial, pase al Tribunal de Cuentas, Contaduría de la Provincia, Ministerio de Producción, Infraestructura y Medio Ambiente, para su conocimiento y oportunamente, ARCHÍVESE.-
EDUARDO ALFREDO FELLNER
GOBERNADOR
Sancionada 12/05/2005
Publicado en BO Nº 58 de fecha 24/06/2005